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INVITACION DEL SAT A AC REGIMEN DE CONDOMINIOS

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10 años 7 meses antes #104635 por mikeleyva
Hola buen día,

Me llego una invitación del SAT para que cumpla con la obligación de emitir recibos de nomina electrónicos cuando no tenemos empleados o si no que nos actualicemos en las obligaciones fiscales.

Cuando se dio de alta la AC dentro de las obligaciones esta la de entero de retenciones mensuales de ISR por sueldos y salarios (CUMPLIMOS CON ESTA OBLIGACIÓN PRESENTANDO LOS AVISOS EN CERO TODOS LOS MESES)

Pero ahora me invitan a que emita los recibos de nomina o elimine esta obligación, por favor ruego sus comentarios.

Ignoro la invitación?
Actualizo las obligaciones fiscales e elimino las correspondientes a la nomina?

Gracias por sus aportaciones.

Saludos cordiales


Mike

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10 años 7 meses antes #104636 por CPHugoocejo

mikeleyva escribió: Hola buen día,

Me llego una invitación del SAT para que cumpla con la obligación de emitir recibos de nomina electrónicos cuando no tenemos empleados o si no que nos actualicemos en las obligaciones fiscales.

Cuando se dio de alta la AC dentro de las obligaciones esta la de entero de retenciones mensuales de ISR por sueldos y salarios (CUMPLIMOS CON ESTA OBLIGACIÓN PRESENTANDO LOS AVISOS EN CERO TODOS LOS MESES)

Pero ahora me invitan a que emita los recibos de nomina o elimine esta obligación, por favor ruego sus comentarios.

Ignoro la invitación?
Actualizo las obligaciones fiscales e elimino las correspondientes a la nomina?

Gracias por sus aportaciones.

Saludos cordiales


Mike



La obligacion subsiste, por ellos el timbrado también.( De entrada el 96 LISR...)

Si no tienes empleados y presentaste en ceros, puedes eliminar la obligacion


...solo cuidado con el 69-B CFF.

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10 años 7 meses antes #104637 por jamendoz
estimadisimo Hugo, porque cuidado con el 69B, no le veo la aplicacion en este caso, gracias

saludos


cp jose antonio mendoza p

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10 años 7 meses antes #104638 por CPHugoocejo
Artículo 69-B CFF. Cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.



Ojo, no digo sea el caso…………………..aunque de entrada conozco A.C simuladas, que sin ser figuras como tal, lucran sin tener trabajadores, ni siquiera tienen activos para entregar bienes que amparen tales comprobantes, otras están “ reguladas “, pero sencillamente no están localizadas…

Por eso puse…cuidado con el 69-B CFF…no dije aplicara, sino que tuviera cuidado de no estar en los supuestos del numeral aludido, pero si la A.C está perfecta de acuerdo a su naturaleza, constitución, objeto etc, entonces no hay problema.
El siguiente usuario dijo gracias: jamendoz

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10 años 7 meses antes #104639 por CPHugoocejo
Para los que estén como no localizados....claro..bajo ciertos casos....

elfiscalnet.com/constitucional-art-17-h-...-f-sellos-digitales/

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10 años 7 meses antes #104641 por MISTICO
DOS POR TRES Y LAS REGADERAS……………………..Usted debe actualizar su situación fiscal dando de baja la obligación de sueldos(DISMINUCION DE OBLIGACIONES) y deje de buscar rosas en el mar.

No señala su estado de domicilio fiscal pero con eso del el cruzamiento de información entre lo federal y los estatal podría no resultarle raro que al rato lo buscaran del estado para su ALTA EN PADRON DEL IMPUESTO SOBRE NOMINA Y LO MISMO QUE AL SAT, DECLARACIONES EN CEROS EN CERO MI BUEN, bueno yo solo digo, pero como que si o como que no a lo mejor quien sabe.

Neta desde que agarraron al pinche CHAPO cualquier autoridad ya se la creyó que no se le debe escapar ni un carbón.

Saludos raza todos.

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