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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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EN QUE REGIMEN TRIBUITAR?
- C.P.Juan
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La función de esta P.F es la de una agente de ventas, es decir acomodara productos, y la em´presa que lo esta contratando le pagara por sus servicios.
Esta empresa extranjera no le expedirá el CFDI nomina por que no le aplican las leyes del país. Aquí es donde me surge la duda, la cual es: Que tratamiento fiscal o en que régimen debe tributar el agente de ventas por los ingresos que perciba de la empresa extranjera?
Saludos
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Si no es empleado, puede ser prestador de servicios profesionales independientes, puede ser comisionista... es lo de menos, en ambos casos se ubica en el Título IV, Capítulo II.
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C.P.Juan escribió: Hola buenas tardes, tengo una duda, ojala puedan ayudarme a resolverlo. Una P.F esta siendo contratada por una empresa del extranjero, la empresa extranjera no tiene domicilio fiscal en el país, ni tampoco tiene establecimientos, oficinas o lo que se le paresca.
La función de esta P.F es la de una agente de ventas, es decir acomodara productos, y la em´presa que lo esta contratando le pagara por sus servicios.
Esta empresa extranjera no le expedirá el CFDI nomina por que no le aplican las leyes del país. Aquí es donde me surge la duda, la cual es: Que tratamiento fiscal o en que régimen debe tributar el agente de ventas por los ingresos que perciba de la empresa extranjera?
Saludos
Tu mismo te respondes .......
Asumiendo la PF recibe aquí en México su cash.......¿ es así?
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