Primero lo primero; !Bien Llegado a Casa!
Atendiendo tu mensaje, en un tiempo, hace mucho por cierto, las personas que obtenían ingresos por honorarios (servicios profesionales) por disposiciones de la autoridad (ya no recuerdo si en ley o reglamento) no podían reflejar perdidas fiscales, simplemente empataban sus ingresos con sus deducciones. Pero como dije, de eso hace mucho tiempo... A raíz de que unificaron en un solo capítulo a la actividad empresarial y los servicios profesionales, a estos últimos se les reconoció la posibilidad de sufrir perdidas y reflejarlas como tal en la declaración fiscal.
No quiere decir que alguien de honorarios no pudiera tener perdidas, podía si, pero no para efectos fiscales. Hoy día esa restricción ya no existe.
Se recomienda transparentar el origen de los recursos con los que solventas ese exceso de gastos sobre los ingresos, ya nos comentas que proviene de tus ingresos por sueldos, pero ¿Cómo documentas o respaldas esas aportaciones que realizas?, igual conviene que seas preciso en identificar y registrar los gastos en que efectivamente incurres para la obtención de los ingresos por honorarios. Es decir, a como expones las cosas se puede concluir que la gasolina no es solo el resultado de moverte para ir a prestar un servicio, si no que el auto lo utilizas indistintamente para ir a tu trabajo como asalariado que a prestar un servicio como independiente, en cuyo escenario va a resultar que NO toda esa gasolina consumida va ligada a la actividad de honorarios.