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Remisión con iva
- María Cristina
- Autor del tema
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10 años 3 semanas antes #106158
por María Cristina
Remisión con iva Publicado por María Cristina
Buenos días,
Solicité algunas reparaciones y necesitaba comprar material de plomería, por lo que le pedí al plomero las comprara pero siempre solicito factura y en esta ocasión solo nos hicieron una nota de remisión con iva desglosado. Que porque "solo facturan después de determinada cantidad". Eso es correcto ? porque si ya estoy pagando el iva, independientemente de la cantidad se niegan a darme factura? alguien me podría explicar?.. Muchas gracias
Solicité algunas reparaciones y necesitaba comprar material de plomería, por lo que le pedí al plomero las comprara pero siempre solicito factura y en esta ocasión solo nos hicieron una nota de remisión con iva desglosado. Que porque "solo facturan después de determinada cantidad". Eso es correcto ? porque si ya estoy pagando el iva, independientemente de la cantidad se niegan a darme factura? alguien me podría explicar?.. Muchas gracias
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- MISTICO
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10 años 3 semanas antes #106163
por MISTICO
Respuesta de MISTICO sobre el tema Remisión con iva
LA ENRREDADERA...........................De que cantidad estamos hablando
Gracias
Gracias
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- María Cristina
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10 años 2 semanas antes #106165
por María Cristina
Respuesta de María Cristina sobre el tema Remisión con iva
Son 870.00 ya netos
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- JULIO ALCOCER
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10 años 2 semanas antes #106177
por JULIO ALCOCER
Respuesta de JULIO ALCOCER sobre el tema Remisión con iva
Buena Tarde, María Cristina:
La Regla 2.7.1.24 Resolución Miscelánea establece que se tiene la opción de No expedir CFDI por las Operaciones con Público en General, cuando la operación no rebase el importe de 100 pesos y el Cliente no la solicite.
Para los Contribuyentes del R.I.F. la Miscelánea les otorga la misma facilidad pero el monto se amplía a los 250 pesos y siempre y cuando el Cliente no lo solicite.
Si cualquier persona realiza una compra y proporciona sus datos para que le expidan el CFDI correspondiente, entonces se debe proceder a elaborar el CFDI respectivo independientemente del monto de la operación.
Si le niegan su comprobante, elabore un escrito donde proporcione sus datos para que le elaboren el CFDI con fundamento en el Quinto Párrafo del artículo 29 del CFF y deje claro que si no se lo proporcionan lo hará de conocimiento de la Autoridad Fiscal.
Mencioneles que le den una leída a la fracción VII del artículo 83 y a la fracción IV del artículo 84, ambos artículos del Código Fiscal de la Federación.
Saludos a Todos Miembros de este Gran Foro.
La Regla 2.7.1.24 Resolución Miscelánea establece que se tiene la opción de No expedir CFDI por las Operaciones con Público en General, cuando la operación no rebase el importe de 100 pesos y el Cliente no la solicite.
Para los Contribuyentes del R.I.F. la Miscelánea les otorga la misma facilidad pero el monto se amplía a los 250 pesos y siempre y cuando el Cliente no lo solicite.
Si cualquier persona realiza una compra y proporciona sus datos para que le expidan el CFDI correspondiente, entonces se debe proceder a elaborar el CFDI respectivo independientemente del monto de la operación.
Si le niegan su comprobante, elabore un escrito donde proporcione sus datos para que le elaboren el CFDI con fundamento en el Quinto Párrafo del artículo 29 del CFF y deje claro que si no se lo proporcionan lo hará de conocimiento de la Autoridad Fiscal.
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