Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

Tratamiento Fiscal para una Sociedad Civil

Más
8 años 10 meses antes #107572 por RUBENKS
Buen día a tod@s , Alguien tendrá algún material que pueda compartir, para entender como se debe llevar el correcto cumplimiento de obligaciones de una Sociedad Civil.
Para este caso se trataría una que está integrada por Médicos.

-Cómo se debe registrar ante el SAT.
-Que tipo de impuestos debe pagar.
-Que obligaciones adicionales tiene.
-Que puede deducir.

Saludos cordiales.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
8 años 10 meses antes #107587 por sosgtorreon

RUBENKS escribió:
Sociedad Civil. integrada por Médicos.

-Cómo se debe registrar ante el SAT.

Si tiene como objeto lucrar, no hay ciencia, es una persona moral del Título II de LISR, aprovecho para preguntarte, ¿Cuál es el objeto social de la persona moral?.

-Que tipo de impuestos debe pagar.

ISR propio, ISR por retenciones a terceros como pueden ser por sueldos y salarios, arrendamiento, servicios profesionales (honorarios), posible por anticipos de rendimientos a sus socios como asimilados (ver art. 94-II de LISR), IVA.

-Que obligaciones adicionales tiene.

Podemos considerar como adicional la de asimilados, por los posibles anticipos a cuenta de utilidades.

-Que puede deducir.

Todo lo que le resulte estrictamente indispensable. Lo que sea necesario o al menos normal para la realización del objeto social.

El siguiente usuario dijo gracias: RUBENKS

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
8 años 10 meses antes #107590 por RUBENKS
Muchas gracias!! te agradezco la información, también estuve consultando y ya me queda más claro.
Saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
8 años 10 meses antes #107591 por sosgtorreon
Un favor para efectos de IVA no olvide revisar el artículo 15 fracciones XIV y XV de la ley de la materia.
El siguiente usuario dijo gracias: RUBENKS

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
8 años 10 meses antes #107592 por RUBENKS
Si muchas gracias, también hice la consulta por el servicio de medicina, que se encuentra exento.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 1.118 segundos
Gracias a Foro Kunena