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Aclaración multa

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8 años 6 meses antes - 8 años 6 meses antes #108028 por calpixqui
Buena tarde foristas

Le comento que en la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales de un contribuyente aparece una multa emitida por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, pero dicha multa no es procedente, ya que se fue a juicio y el Tribunal declaró la nulidad de dicha multa, en las oficinas del SAT me informaron que la aclaración la debo de hacer atraves del Buzón Tributario, pero en dicha aplicación NO visualizo donde ingresar la aclaración, por lo que mi duda es:

¿en que parte del Buzón Tributario esta dicho trámite para hacer la aclaración de la cancelación de la multa y actualización de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales?

y si la aclaración se hace a traves de "Mi portal/Aclaraciones/Solicitud.......se elije como opción ¿CRÉDITOS (OPINIÓN DE CUMPLIM) ó MULTAS?

Gracias por sus comentarios.

Saludos

Nota: en "Buzón Tributario/Trámites/Demás trámites"........ me reedirecciona a "Mi portal"
Última Edición: 8 años 6 meses antes por calpixqui.

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8 años 5 meses antes #108039 por JULIO ALCOCER
Respuesta de JULIO ALCOCER sobre el tema Aclaración multa
Buena Tarde Compañero Calpixqui :

El 18 de Enero 2018 fue publicado el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea para 2018 en el cual aparecen las fichas de los distintos
trámites y la ficha 2/CFF es la que corresponde a la Regla 2.1.39.

La Regla 2.1.39 se refiere a la Opinión de Cumplimiento

En la ficha de trámite 2/CFF establece que se puede presentar en cualquiera de los dos, bien en el Portal del SAT o a través del Buzón Tributario.

El requisito es que se anexe el archivo digitalizado que de soporte a la aclaración.

En la Regla 2.1.39 se establece que la Autoridad debe responder en un plazo máximo de tres días.

En dicha regla se establece: deberá ingresar la aclaración correspondiente a través del buzón tributario; pero la Autoridad sabe que no todos los contribuyentes han dado de alta su buzón.

Saludos a Todos.
El siguiente usuario dijo gracias: calpixqui

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