Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

AUMENTO DE SALARIO PARA EFECTOS DEL IMSS

Más
19 años 1 mes antes #12365 por adn
HOLA A TODOS LOS FORISTAS, TENGO UN CASO EN EL CUAL SE PIENSA INTEGRAR LA PRIMA DOMINICAL A PARTIR DE L 1 DE JULIO PARA EFECTOS DEL IMSS SE INCURRE EN ALGUNA SANCION SI SE REALIZA TAL MODIFICACIÓN EN EL PRESENTE MES CONSIDERANDO LA FECHA DE HOY 17/07/07? POR SUS COMENTARIOS MIL GRACIAS SALUDOS

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 1 mes antes #12371 por edgarecs
Hola, si realizas la modificación de salario aplicable a partir de hoy, eres sujeto de multa más accesorios si el Imss lo detecta, por diferencias en salarios base de cotización, y si a la fecha que te lo notifique no lo has pagado de manera espontánea.

Si la referida modificación la realizas hoy, pero con fecha de cuando realmente procede, es decir, del 01 de julio, no eres sujeto de infracción legalmente procedente, por caer en el supuesto de espontaneidad establecido en el artículo 304-C de la Ley del Seguro Social.

Saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 1 mes antes #12378 por adn
edgarecs escribio:

Hola, si realizas la modificación de salario aplicable a partir de hoy, eres sujeto de multa más accesorios si el Imss lo detecta, por diferencias en salarios base de cotización, y si a la fecha que te lo notifique no lo has pagado de manera espontánea.

Si la referida modificación la realizas hoy, pero con fecha de cuando realmente procede, es decir, del 01 de julio, no eres sujeto de infracción legalmente procedente, por caer en el supuesto de espontaneidad establecido en el artículo 304-C de la Ley del Seguro Social.

Saludos


Gracias por tus valiosos comentarios saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 1 mes antes #12402 por edgarecs
A tus órdenes.

Saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 1 mes antes #12438 por pepesoto
:dry: Buenas noches. No olvidar que el imss trae afiladas las garras en vs de los patrones. Ha tenido suerte si a la fecha el imss no ha detectado que usted integra incorrectamente los salarios. Recuerde que usted puede acogerse a la \"autocorreccion\" espontánea y puede corregirse 2006 y lo que va de este ejercicio. Además de la prima dominical hay infinidad de percepciones que puede usted no estar considerando. Abusados.

El Lic.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Moderadores: Daniel_GtzLuis
Tiempo de carga de la página: 1.227 segundos
Gracias a Foro Kunena