Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

hija de trabajador de 14 maternidad

Más
19 años 1 mes antes #12956 por Miriam
Hola Buenos Dias:

Tengo una duda, que espero me hagan el favor de orientarme, la hija de un trabajador que tiene 14 años fue internada por un dolor, pero resulto que estaba embarazada.. y dio a luz un bebe de 7 meses ..el seguro le dijo que va a cobrar aparte porque el no cubre la rama de materinidad en hijos de trabajadores..y quieren fincarle un credito.. alguien sabria si esto es verdad.. a mi me queda la duda por la edad de la jovencita...los papas ignoraban el embarazo..

Gracias.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 1 mes antes #12966 por pepesoto
:blink: Buenas tardes. ¡Ah caray! Tendremos que echarnos un clavado en el nuevo reglamento de servicios medicos. La hija es beneficiaria, de principio le respondería que no tienen por qué cobrarle, pero más vale estar seguros. Consulto ese reglamento y regreso al rato.

El Lic.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 1 mes antes #13068 por gaboaranda
En primer lugar mi estimada miri comentanos por que se dice que el trabajador no cubre la rama de maternidad?? es decir el papa no esta dado de alta dentro del regimen obligatorio??
ya que segun la propia LSS nos dice:
CAPITULO IV
DEL SEGURO DE ENFERMEDADES Y MATERNIDAD

SECCION PRIMERA
GENERALIDADES

Artículo 84. Quedan amparados por este seguro:
I. El asegurado;

V. Los hijos menores de dieciséis años del asegurado y de los pensionados, en los términos consignados en las fracciones anteriores;

VI. Los hijos del asegurado cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padecen o hasta la edad de veinticinco años cuando realicen estudios en planteles del sistema educativo nacional;

Y ademas en el reglamento de prestaciones medicas viene muy claro el trato que se debe de dar:

Artículo 52. El Instituto otorgará la vigilancia y atención del embarazo, parto, puerperio y del recién nacido, a las aseguradas y a las beneficiarias que señala la Ley atendidas en sus unidades médicas. Para ello, se realizarán acciones médicas de educación, prevención y protección específica, tendentes a mantener o restaurar la salud de la madre y del recién nacido

y EL PRINCIPAL FUNDAMENTO!!!
Artículo 64. Si el parto ocurre sin que se hubiera comunicado a los servicios médicos institucionales el estado de embarazo, la asegurada sólo tendrá derecho a un certificado de incapacidad médica por maternidad de posparto y a las prestaciones en especie que correspondan a partir del momento en que haya acudido, se verifique su condición de puérpera por parte de los servicios médicos del Instituto y se acredite su carácter de asegurada. La esposa o concubina del asegurado o pensionado sólo tendrá derecho a las prestaciones en especie.
SALUDOS

Mensaje editado por: gaboaranda, el: 31/07/2007 09:20<br><br>Mensaje editado por: gaboaranda, el: 31/07/2007 09:22

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 1 mes antes #13071 por gaboaranda
Por lo tanto, el inseguro no tiene por que ni siquiera amenazar a nuestro proximo abuelito siempre y cuando el señor este en su derecho dentro del regimen obligatorio, despues de todo su hija no quiere incapacidad nada mas quiere ejercer su derecho segun las propias prestaciones medicas (ver art 60 al 64 RPM)

saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 1 mes antes #13084 por Luikb
Respuesta de Luikb sobre el tema Re:hija de trabajador de 14 maternidad
Aqui el problema en derecho es que van a considerar a la menor como emancipada ya que tiene 14 años, edad desde la cual puede contraer nupcias con permiso de los padres, que creo no es el caso.

Sin embargo por conceder la ley la emancipacion ellos van decir que ella no pertenece o mas bien que no depende de esa familia, por lo que hacen ese apunte.

Sin embargo como bien lo dice Gabo ella tiene todo el derecho de acuerdo a la ley, sin embargo a mi en lo personal me quedo con la duda por la multicitada emancipacion.

Saludos

Luis Morales

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 1 mes antes #13099 por Miriam
Respuesta de Miriam sobre el tema Re:hija de trabajador de 14 maternidad
Hola: Gracias por contestar, les agradezco a todos su tiempo.. y si Gabo el trabajador esta dado de alta en el regimen obligatorio..de hecho mande un correo electronio al IMSS para que me den una contestacion..ya que el subdirector de la clinica..dice que se les va a cobrar la atencion..y creo hoy en la tarde o mañana en la mañana la dan de alta..aparte el bebito esta en incubadora por lo chiquito que nacio..y ahi tengo mi otra duda.. ya vez que iniciando este año Calderon anuncio que todos los bebes que nacieran en este año tendrian servicio medico gratuito..y en el seguro dicen que eso solo es en el D.F... bueno.. me ayudan mucho con sus comentarios.. espero tener respuesta pronto..
Gracias

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Moderadores: Daniel_GtzLuis
Tiempo de carga de la página: 0.221 segundos
Gracias a Foro Kunena