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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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ST-1 PENDIENTE
- FISCALISTA1
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- Fresh Boarder
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Un trabajador se accidento en el area de trabajo y como consecuencia solo se vio afectado un diente(estaba metiendo un cable a un ducto y al jalar mas cable una vuelta se le vino golpeandolo en el diente y lo volo) le dieron una incapacidad temporal por 2 dias y su respectivo aviso para calificar probable riesgo de trabajo ST-1.
el caso es que el representante legal esta en el extranjero y llega hasta la otra semana y ayer que fue el trabajador a que le dieran su subsecuente pues le dijeron que no le iban a dar hasta que entregara la ST-1 para ver si procedia o no. sabemos que el imss no te condiciona a presentar la ST-1 para darte una incapacidad temporal subsecuente pero me imagino que en este caso como el trabajador no esta imposibilitado para trabajar como lo marca el art.478 de la LFT es decir fue solo un diente ni un dedo siquiera y pues el trabajador no es edecan para decir que su trabajo es estar sonriendole a la gente, pues le dijeron que no le daban nada hasta que entregue la ST-1
resumen:
no hay quien le firme la ST-1 hasta la proxima semana.
en el imss no le quieren dar subsecuentes hasta que entregue la ST-1.
lo que pienso hacer es que el trabajador se presente a laborar y le pago por fuera es decir no por nomina, en lo que son peras o son manzanas no tanto por que el imss despues le vaya a emitir sus incapacidades por que no lo creo, sino por que no tengo su alta(ST-2) para ingresarlo correctamente en mi nomina. Digo ya que venga el representante legal que le firme su documento y que lo lleve al seguro pues ahi se vera como procede.
mi pregunta es:
lo que pienso hacer es correcto?
o le puedo pagar por nomina ya que en teoria no esta incapacitado pues no le quieren dar su incapacidad subsecuente por lo cual no creo incurrir en ninguna falta o si?
que me sugieren?
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- Daniel_Gtz
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....
el caso es que el representante legal esta en el extranjero ....
resumen:
no hay quien le firme la ST-1 hasta la proxima semana.
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lo que pienso hacer es que el trabajador se presente a laborar y le pago por fuera es decir no por nomina....
mi pregunta es:
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o le puedo pagar por nomina ya que en teoria no esta incapacitado pues no le quieren dar su incapacidad subsecuente por lo cual no creo incurrir en ninguna falta o si?
que me sugieren?
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Hola...
En el caso particular de la empresa donde laboro, los formatos mencionados no los firma el representante legal, los firma el area de Recursos Humanos, por lo que esto podria ser la solucion.
Ahora bien, si el trabajados sufrio un accidente de trabajo, y se le llena el formato ST-1, debe de esperar a que le den el alta (ST-2), para que pueda regresar a trabajar (o lo que es lo mismo: Si no hay ST-2 no puedes entrar a laborar), por lo que nominalmente no debe de tener ingresos. Pagar por fuera??? muy arriesgado.
En teoria?? Insisto, el trabajador "no esta apto para trabajar" hasta que no le den su alta.
En el ultimo parrafo, mencionas que le van a dar incapacidades subsecuentes. Entonces, esta o no incapacitado??
Sugerencia:
Que el responsable de Recursos Humanos le firme la hoja, para que con esto se le de el seguimiento que debe.
Si el Representante Legal quiere firmar todo, pues que no salga de la ciudad, nunca se sabe cuando se le puede requerir. O bien, que se le de poder a alguna otra persona para los casos en que no este el RL.
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mi pregunta es: aun asi lo pueden firmar cualquiera de ellos o necesitan el poder a fuerzitas?
le ponen solo su firma o le ponen aparte el P.A. (por ausencia)?
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- Daniel_Gtz
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Oye me surgio una duda, nadie tiene poder ni el jefe de recursos ni el jefe administrativo.
mi pregunta es: aun asi lo pueden firmar cualquiera de ellos o necesitan el poder a fuerzitas?
le ponen solo su firma o le ponen aparte el P.A. (por ausencia)?
Hola...
Si revisas el formato ST-1 donde dice: NOMBRE DEL PATRON O SU REPRESENTANTE, en ningun lado dice "LEGAL". Es decir, es alguien que de alguna u otra forma represente a la empresa. En el nuevo formato (ST-7) ahi si especifica.
Como te comente, en la empresa donde laboro, firma el Jefe de Personal o en su defecto el Jefe de Nominas (que es el que ve todo lo relacionado al IMSS), en cualquiera de los dos formatos (ST-1 o ST-7), y hasta ahora no hemos tenido ningun problema.
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- FISCALISTA1
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