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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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APLICACION CALCULO ESTIMATIVO PARA CONSTRUCTORAS

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19 años 8 meses antes #2835 por ALEXA28
Hola a todos, buenas noches, les planteo un caso para que sean tan amables de compartirme sus opiniones.

Tengo un cliente que es una empresa que vende e instala equipos de audio y video. Como se le hicieron unas instalaciones a un hotel nuestro cliente nos solicito presentar el afil 15.

Se presento el afil 15 y al solicitar la constancia de cumplimiento el IMSS nos comenta de manera verbal que no nos puede expedir dicha constancia debido a unas diferencias estimadas en las cuotas de seguridad social.

Basan su argumento, en que la mano de obra cobrada al cliente es mayor a los sueldos que le pagamos a los empleados que hicieron el trabajo.

Según he investigado ya hay criterios de los tribunales acerca de que si el patrón tiene inscritos a sus trabajadores y cumple con el pago de las aportaciones respectivas, la determinación del instituto de acuerdo al reglamento de constructoras carece de validez.

Si alguno de ustedes ha tenido un caso así, mucho le agradeceré me comparta su experiencia y si hay algún abogado por el foro que este interesado en el caso favor de contactarme.

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19 años 8 meses antes #2836 por pepesoto
:shock: Buenas noches. a) No tiene sentido solicitar una constancia a unos seudo-empleados que no tienen conocimiento de nada. No se gaste inútilmente. b) ¿Le están cobrando diferencias? ¿Se las han notificado "oficialmente", conforme a derecho? Creo que no, asi que pienso que se preocupa de más. c) En mi firma están mis datos

Salut,

El [11*]
Lic.

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19 años 8 meses antes #2839 por gaboaranda
Alexa apoyo al lic, como usted lo dice es puro "verbo" lo que le quieren cobrar, usted ya tiene cuanto y como lo tiene que pagar la diferencia?, es decir, ya fueron notificados?

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19 años 8 meses antes #2841 por ALEXA28
Estimado licenciado pepesoto, la constancia de cumplimiento la tuvimos que solicitar para que nuestro cliente nos liberara el pago de unas facturas por la terminación de la obra y para poder liberar una fianza que se contrató para obtener el proyecto.

En efecto no hemos sido notificados, el problema es que ni nos notifican para poder irme a un recurso de inconformidad ni me entregan la constancia de cumplimiento, ya que desgraciadamente hasta donde tengo entendido, no hay algún plazo establecido en la ley para que me entreguen dicha constancia, y con todo el cinismo del mundo, me dijeron que como ese documento lo solicita el patrón y el IMSS no esta obligado a entregarlo, pues basicamente el instituto o sus empleados se pueden tomar su tiempo y hacer los cálculos estimativos que quieran.

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19 años 8 meses antes #2913 por pepesoto
:!: Buenas noches. Entiendo la postura de su cliente, pero tampoco está fundamentada. No puede (ni moralmente) frenar un pago de sus obligaciones como cliente porque ustdes no pueden un docuemnto que en ningun lado dice que están obligados a obtener ni a que se los proporcionen.

En lo futuro, cabría la posibilidad de que celebren contrato de prestacion de serv. profesionales, e incluir en una de sus clausulas que son patrones moral y económicamente solventes, por lo que se hacen entermanete responsables de la seguridad social de "sus" trabajadores, ya que son precisam,ente ustedes y no el cliente los que ejecutan los trabajos del levantamiento de la obra. Para su caso actual, digale a su cliente que se de una vueltecita x aqui, para que se tranquilice y responda a sus obligaciones como tal.

Salutes,
El [11*]
Lic.

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19 años 8 meses antes #2917 por ALEXA28
Estimado licenciado, le agradezco que se tome el tiempo de compartir sus experiencias.

A ver como se resuelve el problemita de la constancia de cumplimiento, esperemos que de la mejor forma.

Ya le contaré si se atreven a notificarme el monto de las supuestas contribuciones por pagar

Saludos.

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