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Como dar de alta un trabajador en monterrey

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17 años 10 meses antes #35335 por mireles79
Buena tarde tengo un problema se va dar de alta una empresa ante el imss de la ciudad de monterrey me piden q de de alta al menos un trabajador pero el trabajador va ganar diaramente 60 pesos su diario integrado sera como de 62 pues tiene prestaciones de ley, el caso es que en el imss me dijeron que no lo podia dar de alta si no manejaba un salario integrado de 104.52. no se supone que puedo darlo de alta con el sueldo que yo quiera???

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17 años 10 meses antes #35336 por Daniel_Gtz
Hola...

Llevales el contrato firmado por el trabajador, donde conste que va a ganar ese importe diario.

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17 años 10 meses antes #35338 por Daniel_Gtz
O mejor aun....

Da de alta el registro patronal, no des de alta empleados, tramita ahi mismo la firma digital, y lo das de alta por medio del Chafa-idse....

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17 años 10 meses antes #35339 por MUlan25
A mi se me presento un problema similar y lo dimos de alta en el IDSE, con un poco mas alto que el minimo, y no hubo problema,no fue rechazado pero resulta que meses despues como 6 o mas nos cayo revision del IMSS por ese mismo trabajador y nos multaron lleavamos el contrato de trabajo y todo pero nos dijeron que como era un salario minimo y jornada reducida teniamos que haber presentado el movimiento en la delegacion, claro que llevate todos los papeles donde efectivamente compruebes que es salario minimo o te puede salir muy caro

Suerte

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17 años 10 meses antes #35346 por sosgtorreon
no se supone que puedo darlo de alta con el sueldo que yo quiera???

No, no y no, tres veces no para que mejor nos entendamos. La suposicion que haces es incorrecta e ilegal añadidura. El salario con el que el patron debe afiliar a su trabajador no esta en funcion de los deseos o ganas del patron, si no en funcion del salario pactado por patron y trabajador como remuneracion del trabajo que se va a realizar, mismo que debe integrarse en funcion de los dispuesto primordialmente por el 27 de LSS.

Asi las cosas es claro que no es con el que quiera, si no con el que resulte en consideracion a las disposiciones oficiales en la LSS. Asumiendo que el sueldo real que han pactado en este caso el patron y el trabajador es de 60.00 y atendiendo a que solo se van a otorgar las prestaciones minimas de LFT, tendremos que efectivamente corresponde utilizar el factor de integracion del 1.0452, por lo que da un SBC de 62.71, es con ese SBC que debe afiliarlo y no con otro, ni mas, ni menos, debe cumplir con las disposiciones de Ley, y si acaso el personal encargado de la recepcion del tramite no lo desea recibir, debe estar dispuesto a acudir con instancias de mayor jerarquia, donde con toda seguridad le van a amenazar en forma velada con una revision, pero como el sueldo corresponde a la realidad -supongo- no debe preocuparle dicha amenaza...

Ahora que si el sueldo que cita es resultado de un capricho o deseo del patron y no de la realidad del pacto laboral, mejor advierta al patron sobre las consecuencias de los caprichos y simulaciones.

Sirve como prueba de defensa a la hora de la discusion ya con el encargado de recibir el tramite o superiores el contrato de trabajo, mismo que de no existir se recomienda su elaboracion.

Por otro lado comentar que me llama la atencion sobre manera el comentario de Daniel, en el sentido de solo dar de alta el registro patronal y posteriormente enviar el alta del trabajador por medio del IDSE previa obtencion de la firma digital, lo digo por el hecho de que por este feudo lagunero no es posible realizar dicho supuesto. Incluso quiero pensar que no debe ser posible en ningun lado de la Republica Mexicana, ya que para ser patron se requiere tener un empleado, por lo que para obtener un registro patronal debe contarse a mi ver con al menos un trabajor... Ignoro si en Monterrey o algun otro lugar el IMSS acepte el tramite de solo el registro patronal, quiero yo suponer que no, pero si alguien lo ha realizado puede comentarnos como lo hizo para aprender sobre el tema.

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17 años 10 meses antes #35347 por sosgtorreon
Por cierto, mireles79 debes estar dispuesto a juntar saliva y utilizarla para convencer a quien debas convencer en caso de que el salario sea el real, ya que de no hacerlo el cliente va a buscar a otro contador que si este dispuesto, y pues la realidad nos dice que no estan los tiempos para andar dejando ir clientes por el solo hecho de economizar saliva, higado.

Vale recordar que la autoridad solo esta facultada para hacer lo que la Ley le permita, y en ningun lado se le faculta para obligar a patron y trabajador a pactar el salario que a ellos mejor les convenga y quieran... El acuerdo laboral es entre trabajador y patron, asi que si ellos dicen, 60.00, esos deben ser y no otros.

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