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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Empleado o no empleado_?
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Empleado laborando en Tijuana
El empleado deja de laborar pero el patron le sigue pagando al imss las cuotas obrero patronales como si estuviese activo.
El empleado se va a vivir a hermosillo sonora. Querra consultarse allá en la clinica correspondiente.
Es correxto esto? que consecuencias traería para el patron? hay que avisar al imss en caso de que se pueda hacer?
agradezco opiniones, esta no es mi especialidad.
saludos.
BR1 dile al Pepesoto que se dé una vuelta por acá y me ayude jejejeje.
Pepesoto si no es abusar help me please...
Algun colega help me please jejejeje
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El trabajador que no es trabajador, dejo de trabajar por elgo en especifico???
chin!! parece tarabalenguas.... jejejeje
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Empleado laborando en Tijuana
El empleado deja de laborarpero el patron le sigue pagando al imss las cuotas obrero patronales como si estuviese activo.
Al dejar de laborar en obvio de razones pierde la categoria de empleado, partimos pues del supuesto que como un favor especial y por un pacto en ese sentido entre ambas partes convienen en que el patron no le va a dar de baja ante el IMSS, probablemente porque a la persona que pierde la categoria de empleado le interesa seguir cotizando para efectos INFONAVIT o tan solo para tener cubierta la expectativa de que en un momento dado requiera servicios medicos y tener lo menos a donde acudir en caso de urgencia.
El empleado se va a vivir a hermosillo sonora. Querra consultarse allá en la clinica correspondiente.
Es correxto esto? que consecuencias traería para el patron? hay que avisar al imss en caso de que se pueda hacer?
Bueno por lo comentado anteriormente correcto no es, ya que al IMSS se deben afiliar a trabajadores reales, el que entre ambas personas decidan simular una relacion de trabajo ya inexistente lo ubica en eso; una simulacion, por lo tanto en estricto apego a Ley, no es correcto.
Ahora bien, lo que si resulta correcto es que si un trabajador me presta servicios y tiene un domicilio diferente al mio en cuanto a domicilio y circunscripcion para efectos de IMSS se atienda en la clinica que le corresponda por razon de su domicilio. Asi podemos tener que una empresa radicada en Tijuana contrate los servicios de un trabajador y este se desenvuelva en Hermosillo, ante lo cual el patron debe tramitar el aviso de atencion medica foranea permanente, no recuerdo si este es el nombre tecnico, aun no me carbura la memoria a esta hora, pero no me preocupo, Daniel, El Gabo o Luis nos lo aportaran.
¿consecuencias para el patron?, cualquiera aplicable por simular una situacion irreal y por en un momento dado propiciar perjuicios al IMSS al provocar que de servicios, atencion y prestaciones a una persona que no debiera ser derechohabiente.
Puede asumirse que es un favor del patron al empleado, puede nunca pasar nada, que nunca el IMSS detecte la simulacion, pero ya va a depender de que el patron justifique medianamente la presencia del trabajador en una ciudad con la distancia que media entre ambos domicilios.
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.... el patron debe tramitar el aviso de atencion medica foranea permanente, no recuerdo si este es el nombre tecnico.....
Nombre Tecnico: Autorizacion Permanente para recibir Servicios de circunscripcion Foranea..
Nombre Comun: Servicio Permanente.
Las consecuentas ya las menciono Sosgtorreon...
Esperemos que el compañero cjlopezasesoria nos de mas datos....
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