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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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subsidio por incapacidad por maternidad

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17 años 8 meses antes #38457 por jpedro967
gaboaranda Pedro y cruz, una recomendacion!!! recuerden que con el seguro no es irse a la facil de la LSS, es decir, que pasaria si el imss no le ha dado la incapacidad a la trabajadora y por error involuntario la doy de baja y no la reingreso al otro registro?

No me respondas compadre dany boy!!1

Saludos

MUY BUENA OBSERVACION DE SU PARTE, aqui entra en juego la responsabilidad de la persona encargada de hacer tales movimientos ante el IMSS, ya que debe ser muy cuidadoso y cerciorarse al 100% de realizar ambos movimientos; sino ¡Adios, dinero que iba a recibir la trabajadora¡ y de seguro le llovera en su milpita a tal encargado; tal vez hasta tenga que poner dinero de su bolsa, porque esos errores cuestan $$$.

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17 años 8 meses antes #38480 por gaboaranda
Esa es una pedro pero hay que tambien analizar aparte lo que usted comento de la LSS lo que nos dice sus diferentes reglamento como el caso del Reglamentos de Prestaciones medicas del 60 al 64, sobre todo el termino CERTIFICACION DE EMBARAZO!!!!

Con esto lo que quiero decir que en el caso de proximas mamitas la clave esta en la certificacion del embarazo para su atencion y para su subsidio!!

Que me dices amigo cementero de esto que eres el mas interesado de todo esto?

Saludos

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17 años 8 meses antes #38601 por CRUZAL
SALUDOS MI GABO, DE ESO NO HAY PROBLEMA INMEDIATAMENTE AL SIGUIENTE DIA SE DIERON DE ALTA A UN NUEVO REGISTRO PATRONAL...

C.P. RAFAEL GUTIERREZ S.

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