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Renuncia en viernes
- Bety26
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17 años 2 semanas antes #51384
por Bety26
Renuncia en viernes Publicado por Bety26
Como estan?
Tengo una duda respecto a una persona que renunció, el viernes, en la empresa se labora de lunes a viernes y se descansa sabado y domingo; se paga por quincena. El dia que renuncio, siendo el ultimo dia que laboró fue el viernes. Le corresponde el pago del sabado y domingo?
Yo creo que si, puesto que ya laboró sus 6 días, potr lo tanto le corresponde su descanso; la jornada diaria es de 8:30 a 6:00 pm, esta persona trabaja de 8:30 a 2:00 pm, de lunes a viernes. Es correcta mi apreciacion?
Esque la persona de recursos humanos ne dice que ella, en estos casos, que trabajan hasta el viernes, nunca les paga sabado ni domingo, pero yo creo que es incorrecto por lo que les comento.
Me gustaria saber que es lo correcto para no estar cometiendo un error.
Muchas gracias de antemano, espero me puedan ayudar.
Tengo una duda respecto a una persona que renunció, el viernes, en la empresa se labora de lunes a viernes y se descansa sabado y domingo; se paga por quincena. El dia que renuncio, siendo el ultimo dia que laboró fue el viernes. Le corresponde el pago del sabado y domingo?
Yo creo que si, puesto que ya laboró sus 6 días, potr lo tanto le corresponde su descanso; la jornada diaria es de 8:30 a 6:00 pm, esta persona trabaja de 8:30 a 2:00 pm, de lunes a viernes. Es correcta mi apreciacion?
Esque la persona de recursos humanos ne dice que ella, en estos casos, que trabajan hasta el viernes, nunca les paga sabado ni domingo, pero yo creo que es incorrecto por lo que les comento.
Me gustaria saber que es lo correcto para no estar cometiendo un error.
Muchas gracias de antemano, espero me puedan ayudar.
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17 años 2 semanas antes #51392
por Luis
Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.
Respuesta de Luis sobre el tema Re: Renuncia en viernes
Hola Bety:
Un placer saludarte, a reserva de lo que indiquen mis compañeros, considero que es correcta tu apreciaciòn, es màs mi consejo es que le pidieras a la persona de recursos humanos que te fundamentara el porque de no pagar dichos dìas.
Ley Federal de Trabajo
DIAS DE DESCANSO
ARTICULO 69. POR CADA SEIS DIAS DE TRABAJO DISFRUTARA EL TRABAJADOR DE UN DIA DE DESCANSO, POR LO MENOS, CON GOCE DE SALARIO INTEGRO.
Saludos y estoy a tus ordenes.
Un placer saludarte, a reserva de lo que indiquen mis compañeros, considero que es correcta tu apreciaciòn, es màs mi consejo es que le pidieras a la persona de recursos humanos que te fundamentara el porque de no pagar dichos dìas.
Ley Federal de Trabajo
DIAS DE DESCANSO
ARTICULO 69. POR CADA SEIS DIAS DE TRABAJO DISFRUTARA EL TRABAJADOR DE UN DIA DE DESCANSO, POR LO MENOS, CON GOCE DE SALARIO INTEGRO.
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Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.
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- Alberto FC
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17 años 2 semanas antes #51394
por Alberto FC
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Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: Renuncia en viernes
Ciertamente la Ley se refiere a 6 días de trabajo, para generar uno dedescanso, esta es la disposición general.
Pero si en la empresa otorgas 2 días de descanso por 5 de trabajo, esta es la norma que tendrá validez legal.
Por lo anterior, el solo hecho de haber laborado de lunes ha viernes, le da al trabajador el DERECHO al pago de los otros dos, dado que en forma convencional así lo han venido haciendo...
No existe fundamento legal para incumplir con esta obligacion para el patrón, y privar al trabajador de éste su legítimo derecho, dado que éstos son irrenunciables...
Arbitrariamente puedes dejar de pagarselos, pero el trabajador, con la mano en la cintura, bien puede exigirte ese pago, por lo cual, para evitar eso, lo recomendable y lo legal, es pagarselos...
Aunado a lo apuntado por Luis, la costumbre es fuente de derecho tambien conforme al 5 LFT, de alli, que si en forma convencional y habitual le pagas 2 días de descanso, no hay justificación legal para privar al trabajador de este derecho!
Pero si en la empresa otorgas 2 días de descanso por 5 de trabajo, esta es la norma que tendrá validez legal.
Por lo anterior, el solo hecho de haber laborado de lunes ha viernes, le da al trabajador el DERECHO al pago de los otros dos, dado que en forma convencional así lo han venido haciendo...
No existe fundamento legal para incumplir con esta obligacion para el patrón, y privar al trabajador de éste su legítimo derecho, dado que éstos son irrenunciables...
Arbitrariamente puedes dejar de pagarselos, pero el trabajador, con la mano en la cintura, bien puede exigirte ese pago, por lo cual, para evitar eso, lo recomendable y lo legal, es pagarselos...
Aunado a lo apuntado por Luis, la costumbre es fuente de derecho tambien conforme al 5 LFT, de alli, que si en forma convencional y habitual le pagas 2 días de descanso, no hay justificación legal para privar al trabajador de este derecho!
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- Bety26
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17 años 2 semanas antes #51414
por Bety26
Respuesta de Bety26 sobre el tema Re: Renuncia en viernes
Ok, muchas gracias, y... para la baja en el IMSS tambien se hace con fecha de el Domingo? o esa si es con fecha del Viernes?
Saludos
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- Daniel_Gtz
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- No es lo mismo dame, que ayudame.
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17 años 2 semanas antes #51418
por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: Renuncia en viernes
Hola..
Para IMSS, la fecha de baja DEBE ser el ultimo dia trabajado y/o pagado.
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- Bety26
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17 años 2 semanas antes #51421
por Bety26
Respuesta de Bety26 sobre el tema Re: Renuncia en viernes
Entonces el ultimo dia pagado será el domingo, por lo tanto la baja en IMSS será a fecha del domingo.
Muchas gracias por su apoyo.
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