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¿QUE DESCUENTO APLICO?

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16 años 7 meses antes #56905 por CPMoreno
Compañeros
Esperando que tengan un buen día, solicito su opinión sobre lo siguiente:
Voy a contratar a un trabajador el cual tiene un crédito en INFONAVIT, el me presenta copia de una cedula de determinación de cuotas, aportaciones y amortizaciones del 2001 en ella se ve que la AMORTIZACION DEL CREDITO ERA SOBRE LA BASE DE de 29.2219 vsm. Pero dejó un tiempo de trabajar con patrón, por lo que firmo un convenio de pago con el INFONAVIT, sacamos de la pagina del instituto la hoja de pagos del trabajador y marca que para el mes de enero 2010 debe pagar 1442.24 esto basado dice la hoja en un factor de 25.0192 vsm
Mi duda es: ¿debo descontarle desde la primer quincena que trabaje conmigo? O ¿el debe seguir pagando directamente al instituto?
En el caso de que yo deba descontarle será sobre la base de 25.0192 vsm?
Por su atención gracias

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16 años 7 meses antes #56906 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: ¿QUE DESCUENTO APLICO?
Hola...

Si ya lo diste de alta, pueden (cualquiera de los dos, patron o trabajador) hablar a infonavit y solicitar su aviso de retencion.

Con eso ya no quedaran dudas de cuanto y/o a partir de cuando se debera de descontar por la amortizacion del credito.

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16 años 7 meses antes #56923 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: ¿QUE DESCUENTO APLICO?
CPMoreno escribió:

...Voy a contratar..., el me presenta copia de una cedula... en ella se ve que la AMORTIZACION ... ERA SOBRE.... Pero dejó un tiempo de trabajar...

...sacamos de la pagina del instituto la hoja de pagos del trabajador y marca que para el mes de enero 2010 debe pagar 1442.24...

Mi duda es: ¿debo descontarle desde la primer quincena que trabaje conmigo? ...

...en el caso de que yo deba descontarle será sobre la base de 25.0192 vsm?


Ni la copia que te presenta tu "futuro" trabajador ni la información consultada en el web site del INFO... son documentos a partir de los cuales INICIE tu obligación a iniciar los mencionados descuentos, básicamente por dos razones.

a) Aún no es tu trabajador.

b) Dichos medios no estan reconocidos en el 42 del Art 42 RipaaedI.

Por lo tanto, a partir de que el Sr. empiece a ser tu trabajador, NO en ese momento NI por ese sólo hecho inicia tu obligación a efectuar los descuentos, sino a partir de que el instituto legalmente te NOTIFIQUE alguno de los siguientes doctos.

1) Aviso para retención de descuentos.

2) Incluyendo los datos relativos al crédito, así como los porcentajes o cantidades a escontar del salario base de aportación en la cédula de determinación correspondiente los datos de los trabajadores acreditados.

Cierto; ahora existe una copia de una cédula, pero esa cédula corresponde a otro patrón a otra época, no a tí ni a la relación contr-actual.

Conclusión: El patrón deberá iniciar la retención y el entero de los descuentos a partir del día siguiente a aquél en que reciba alguno de los formatos arriba referidos, NO antes...

Igual checa los siguientes:

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16 años 7 meses antes #56948 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: ¿QUE DESCUENTO APLICO?
Opino, además, que desde el primer contacto/acercamiento/encuentro con el prospecto a ser tu trabajador, le apliques una pequeña encuesta inicial, con la intención de allegarte de la información necesaria y saber, entre otras cosas, si cuenta con NSS, RFC y CURP, en caso contrario, lo que no tenga, procedes a:

1.- Si no cuenta con NSS, le tramitas su preafiliacion para obtener dicho NSS y asi poder proceder a su afiliacion.

2.- Si no cuenta con CURP, lo envias a la presindencia municipal a que la tramite.

3.- Si no cuenta con RFC, igual le haces su preinscripcion en el RFC del SAT, le sacas una cita para que el la vaya a concluir y una vez hecho te de la copia de su RFC.

Con estos datos en tu poder, tendras todas las herramientas a la mano. La aplicación de esta encuesta inicial así como las acciones señaladas, propongo, se deben instrumentar como politicas de la empresa, pues te benefician.

Adjunto la entrevista mencionada, herramiente sencilla pero efectiva.

PD. Conforme a la mencionada encuesta, tambien sabrás que trabajador tiene credito infonavit, y asi estar atentos a la recepcion, sea del aviso para inicio de descuento, o de la inclusión dentro de la propuesta de cedula, para así estar en aptitud de iniciar los mencionados descuentos...

Archivo adjunto CUESTIONARIO_TRABAJADORES-20100121.doc no encontrado


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16 años 7 meses antes #57062 por CPMoreno
Respuesta de CPMoreno sobre el tema Re: ¿QUE DESCUENTO APLICO?
Hola, Daniel, Alberth
Gracias por sus comentarios y opiniones.
En efecto Alberth aqui tambien aplicamos un pequeño cuestionario, es por ello que salio a relucir lo del credito, y la idea es contratar a este trabajador a partir del dia primero de febrero, y que el solicite la carta de retención.
Un cordial saludo

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16 años 7 meses antes #57065 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: ¿QUE DESCUENTO APLICO?
Saludos CP Moreno:

Habrá que esperar la recepción de alguno de los documentos arriba mencionados, el que ocurra primero.

Mientras tanto, tú como patrón no estas facultado ni obligado a realizar retención alguna por concépto del crédito.

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