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ALTA EN EL IMSS A LOS SOCIOS
- editor20
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16 años 1 mes antes #62875
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: ALTA EN EL IMSS A LOS SOCIOS
FISCAL 2010-2011, ¿de quién reciben órdenes los socios-trabajadores y quién les da instrucciones para realizar su trabajo? Probablemente el socio que lo ponen en nómina pero no cotiza es porque es el Administrador Único y en términos del Acuerdo del Consejo Técnico relativo, el IMSS alega que él no puede contratarse a sí mismo. Creo que ésta remuneración debe ser considerada Honorario a Administrador y sufrir la retención del 30 % que marca el párrafo quinto del artículo 113 de la LISR, salvo que como han dicho los colegas se demuestre totalmente la existencia de relación de trabajo.
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- Luis
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16 años 1 mes antes #62879
por Luis
Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.
Respuesta de Luis sobre el tema Re: ALTA EN EL IMSS A LOS SOCIOS
Hola Fiscal 2010-2011:
Un placer saludarte, ya los compañeros que me antecedieron en las respuestas te han dado la clave sobre este tòpico, te comparto la siguiente tesis, en la cual se indica lo que se ha comentado en este tema y que tiene que ver con la subordinaciòn y por ende con la relaciòn laboral.
AFILIACIÓN AL REGIMEN DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO. AL REALIZARSE, SE PRESUME LA RELACION LABORAL. Como regla general debe entenderse que los miembros del Consejo de Administración de una sociedad mercantil no son sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio del seguro social. Ahora bien, cuando alguno o algunos de esos miembros sean designados por la Asamblea General de Accionistas para realizar una función determinada, mediante una remuneración debe presumirse que dichas personas son subordinadas y están bajo la dirección de la Asamblea General de Accionistas, que es el órgano supremo en las sociedades mercantiles; y, por lo tanto, se establece la relación laboral.
Tesis II-TASR-XI-318 de la Primera Sala Regional Centro. (Celaya).
Revista del entonces Tribunal Fiscal de la Federación, Segunda Época, Año V, número, 33, septiembre 1982, pág. 133.
Juicio No. 784/81. Sentencia de 3 de agosto de 1982, por unanimidad de votos. Magistrado instructor: Fernando Lugo Verduzco. Secretario: Lic. Salvador Montoya
Saludos y estoy a tus ordenes.
Un placer saludarte, ya los compañeros que me antecedieron en las respuestas te han dado la clave sobre este tòpico, te comparto la siguiente tesis, en la cual se indica lo que se ha comentado en este tema y que tiene que ver con la subordinaciòn y por ende con la relaciòn laboral.
AFILIACIÓN AL REGIMEN DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO. AL REALIZARSE, SE PRESUME LA RELACION LABORAL. Como regla general debe entenderse que los miembros del Consejo de Administración de una sociedad mercantil no son sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio del seguro social. Ahora bien, cuando alguno o algunos de esos miembros sean designados por la Asamblea General de Accionistas para realizar una función determinada, mediante una remuneración debe presumirse que dichas personas son subordinadas y están bajo la dirección de la Asamblea General de Accionistas, que es el órgano supremo en las sociedades mercantiles; y, por lo tanto, se establece la relación laboral.
Tesis II-TASR-XI-318 de la Primera Sala Regional Centro. (Celaya).
Revista del entonces Tribunal Fiscal de la Federación, Segunda Época, Año V, número, 33, septiembre 1982, pág. 133.
Juicio No. 784/81. Sentencia de 3 de agosto de 1982, por unanimidad de votos. Magistrado instructor: Fernando Lugo Verduzco. Secretario: Lic. Salvador Montoya
Saludos y estoy a tus ordenes.
Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.
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- Luikb
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16 años 1 mes antes #62882
por Luikb
Saludos
Luis Morales
Respuesta de Luikb sobre el tema Re: ALTA EN EL IMSS A LOS SOCIOS
Ahor abien cabe mencionar que si no te quieres meter en tantas broncas hay qu recordar que el seguro tiene varias modalidades de aseguramiento.
Hay un aseguramiento que es el
Aseguramiento voluntario en el regimen obligatorio...
Es decir voluntariamente pagas las cuotas como si fueras patron, claro esto tiene un limite y cada mes tienes que ir a la subdelegacion para que ellos mismos te generen un diskette y vayas a pagar al banco tus COP voluntarias, ademas tambien de acuerdo al salario que te autoimpongas.
En este seguro cotizas para el IMSS, RCV e INFONAVIT, tal como si estuvieras asegurado con un patron.
El seguro que te comentaron funciona como un seguro de gastos medicos, o sea pagas una prima anual por asegurado y/o familia de acuerdo a edades...
Considero que si no puedes o quieres asegurar a tus socios dentro de la empresa, pudieras optar por la primera opcion.
Hay un aseguramiento que es el
Aseguramiento voluntario en el regimen obligatorio...
Es decir voluntariamente pagas las cuotas como si fueras patron, claro esto tiene un limite y cada mes tienes que ir a la subdelegacion para que ellos mismos te generen un diskette y vayas a pagar al banco tus COP voluntarias, ademas tambien de acuerdo al salario que te autoimpongas.
En este seguro cotizas para el IMSS, RCV e INFONAVIT, tal como si estuvieras asegurado con un patron.
El seguro que te comentaron funciona como un seguro de gastos medicos, o sea pagas una prima anual por asegurado y/o familia de acuerdo a edades...
Considero que si no puedes o quieres asegurar a tus socios dentro de la empresa, pudieras optar por la primera opcion.
Saludos
Luis Morales
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- FISCAL2010-2011
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16 años 1 mes antes #62940
por FISCAL2010-2011
Respuesta de FISCAL2010-2011 sobre el tema Re: ALTA EN EL IMSS A LOS SOCIOS
BUENOS DIAS:
MUCHAS GRACIAS A TODOS POR SU TIEMPO Y COMENTARIOS.
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