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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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PRIMA DE RIESGO

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15 años 6 meses antes #69466 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: PRIMA DE RIESGO
sonador escribió:

... un trabajador que sufrió riesgo de trabajo desde agosto del 2010 y sigue incapacitado hasta la fecha, debo de tomarlo en cuenta en la relacion de casos de riesgos de trabajos terminados, digo porque ahi dice terminados, pero como abarca parte del 2010 por eso mi duda.


Un riesgo de trabajo ha terminado cuando:

1.- El trabajador siniestrado sea dado de alta.
2.- Haya concluido el periodo de incapacidad temporal.
3.- Se determine el inicio de una incapacidad permanente.
4.- Sobrevenga la muerte.

Cuando alguno de éstos supuestos se de durante el periodo de revisión (01 01 2010 - 31 12 2010), entonces se considerará que el RT ha terminado.

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15 años 6 meses antes #69490 por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: PRIMA DE RIESGO
sonador escribió:

que tal amigos oiga tengo una pequeña duda, tengo un trabajador que sufrió riesgo de trabajo desde agosto del 2010 y sigue incapacitado hasta la fecha, debo de tomarlo en cuenta en la relacion de casos de riesgos de trabajos terminados, digo porque ahi dice terminados, pero como abarca parte del 2010 por eso mi duda.

gracias


Ley del Seguro social...

Artículo 74. Las empresas tendrán la obligación de revisar anualmente su siniestralidad, conforme al período y dentro del plazo que señale el reglamento, para determinar si permanecen en la misma prima, se disminuye o aumenta.
La prima conforme a la cual estén cubriendo sus cuotas las empresas podrá ser modificada, aumentándola o disminuyéndola en una proporción no mayor al uno por ciento con respecto a la del año inmediato anterior, tomando en consideración los riesgos de trabajo terminados durante el lapso que fije el reglamento respectivo, con independencia de la fecha en que éstos hubieran ocurrido y la
comprobación documental del establecimiento de programas o acciones preventivas de accidentes y
enfermedades de trabajo.


REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN,
CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Artículo 32. Los patrones revisarán anualmente su siniestralidad para determinar si permanecen en la misma prima, o si ésta se disminuye o aumenta, de acuerdo a las reglas siguientes:

I. La siniestralidad se obtendrá con base en los casos de riesgos de trabajo terminados durante el periodo comprendido entre el primero de enero y el treinta y uno de diciembre del año de que se trate, atendiendo para tal efecto a lo establecido en el artículo 72 de la Ley;

saludos

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15 años 6 meses antes #69491 por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: PRIMA DE RIESGO
ALEXSHL escribió:

Amigo como son pocos los trabajadores lo hice en el archivo de excel que esta en la pagina del IMSS arrojando como resultado esto 6.58875

Mi duda es, la actividad de construccion se ubica en la maxima, es correcto poder bajar la prima de riesgo como me arroja el resultado.


Sinceremanente tambien tengo mis dudas nos podria indicar cuales fueron su factores:

S = Total de los días subsidiados a causa de incapacidad temporal
N = Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo

Y ese N como fue que llego a ese factor es decir cuanto fue la suma del total de dias??



Digo esto para ayudarle mejor?

saludos

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