Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

T E S I S CLII/2007

Más
18 años 8 meses antes #19998 por c.p. castillo
T E S I S CLII/2007

OBLIGACIONES FISCALES. EL ARTÍCULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE
LA FEDERACIÓN VIGENTE HASTA EL 28 DE JUNIO DE 2006, VIOLA LA GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA. El citado precepto, al prohibir a la
Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, y a la Procuraduría General de la República contratar adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con contribuyentes que no estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, viola la garantía de seguridad jurídica contenida en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues es demasiado amplia la gama de lo que podría entenderse por “no estar al corriente en sus obligaciones fiscales”, ya que va desde no haber cubierto algún requisito menor, hasta la omisión en el pago de las contribuciones, que puede constituir incluso el delito de defraudación fiscal, dando lugar a que la autoridad pueda actuar arbitrariamente.
Amparo en revisión 1702/2005.- Microformas, S.A. de C.V.- 30 de noviembre de 2005.- Unanimidad de cuatro votos.- Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.- Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos.- Secretaria: Paula María García Villegas.
Amparo en revisión 523/2007.- Aparatos de Refrigeración Especializados, S.A. de C.V.- 3 de octubre de 2007.- Cinco votos.- Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano.- Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot.
LICENCIADO MARIO EDUARDO PLATA ÁLVAREZ, SECRETARIO DE ACUERDOS DE LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, C E R T I F I C A: Que el rubro y texto de la anterior tesis fueron aprobados por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diez de octubre de dos mil siete.- México, Distrito Federal, a diez de octubre de dos mil siete.- Doy fe. OZP/roc.




La mejor manera de vencer a tus competidores es dejando de competir. Haz lo mejor que puedes y deja de preocuparte por el resto.

contadorcastillo.wordpress.com/

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.845 segundos
Gracias a Foro Kunena