- Mensajes: 48
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
CONTABILIZACION COBRO IVA 16% REG. INTERMEDIO
- jcarlosgr47
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Senior Boarder
-
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Alberto FC
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Tula de Allende, Hidalgo
...(EJEM: SI EL DEP. ES DE 1150, ENTONCES 991.38 SERIA INGRESO Y EL IVA 158.62)
...(EJEM: SI EL DEP ES 1150, ENTONCES 1000.00 SERIA INGRESO Y EL IVA 150.00
Al cierre de 2009 tenias, respecto a dicho cliente:
Saldo DEUDOR en "Clientes" $ 1,000.00
Saldo ACREEDOR en "IVA por trasladar" $ 150.00
Si el cliente te paga el 25 de febreo de 2010 $ 1,150.00 debes:
CARGO: "Descuentos concedido" $ 8.62
CARGO: "IVA por trasladar" $ 150.00
CARGO: "Bancos" $ 1,150.00
ABONOS: "Clientes" $ 1,150.00
ABONO: "IVA trasladado" $ 158.62
De tal manera que la suma de tus cargos y tus abonos coincide en $ 1,150.00
De ésta manera:
- Quedan saldadas las cuentas de " Clientes " e "IVA por trasladar" y no irás arrastrando saldos sin razón de ser.
- Al fisco le pagas $ 158.62 que es el IVA calculado conforme a las disposiciones vigentes al momento del cobro.
- El cliente te pago lo que te debía.
Es necesario además que:
a) Hagas una nota de credito por $ 8.62 para así justificar el "descuento", no es propiamente un descuento sino más bien una "reducción" del valor de los actos o actividades afectas al IVA. Es necesario hacer esto, conforme a las reglas de transición dictadas por la autoridad. Esos 8.62 son la diferencia entre 1000-991.38. Estas dos ultimas cantidades son los $ 1,150.00 divididos entre 1.15 y 1.16 respectivamente.
b) Expidas un comprobante fiscal complementario, en donde asientes el IVA de $ 158.62 que es el que estas trasladando y al que darás efecto fiscal, tal como lo dictan las mismas reglas. Toma en cuentas la leyenda en este comprobante complementario en donde se haga referencia al que hayas expedido antes de 2010.
Sígueme aquí
\\\" El que sube una escalera debe empezar por el primer peldaño... \\\" Walter Scott
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- jcarlosgr47
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Senior Boarder
-
- Mensajes: 48
- Gracias recibidas: 0
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- jcarlosgr47
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Senior Boarder
-
- Mensajes: 48
- Gracias recibidas: 0
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Alberto FC
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Tula de Allende, Hidalgo
OK, MUCHAS GRACIAS, ME PARECE MUY BIEN, DE HECHO ES LA OPCION MAS LOGICA SI EL PAGO TOTAL DEFINITIVO FUERA DE 1150, EN EL QUE EL IVA YA ESTA INCLUIDO DENTRO DE LOS 1150, ENTONCES LO QUE QUEDA PRECISAMENTE ES REALIZAR LOS REGISTROS CONTABLES QUE MENCIONAS PARA CORREGIR EL INGRESO, EL IVA Y LA DEUDA, Y PARA RESPALDAR ESTOS REGISTROS HAY QUE HACER LA ELABORACION DE LA NOTA DE CREDITO POR 8.62 Y EL COMPROBANTE COMPLEMENTARIO CON EL IVA POR 158.62, PERO EN EL CASO PLANTEADO, EL 1% ADICIONAL DE IVA SI SE VA A COBRAR AL CLIENTE, ENTONCES LA DUDA PRINCIPALMENTE ES COMO REGISTRAR EL PAGO INICIAL DE 1150 Y EL PAGO COMPLEMENTARIO POSTERIOR DE 10 PESOS. DE ANTEMANO GRACIAS.
Es la opción más lógica y apegada a las reglas de transición de IVA dictadas por la autoridad, en donde dice que si la operación celebrada ante de 2009 ya contenía el IVA, como es tu caso; debes disminuir el valor de la operación y con base en él, determinar tu IVA conforme a la tasa vigente al momento del cobro. En síntesis, NO HAY COBRO ADICIONAL DEL 1%, sino se reduce el valor de los actos o actividades de manera tal que al calcular el IVA con la nueva tasa el VALOR TOTAL de la operacion calculado conforme a las disposiciones 2010 ( $ 1,150.00 ) sea IGUAL al monto total consignado en el comprobante expedido en 2010 ( $ 1,150.00 ). Como se ve, no hay "cobro adicional".
El "cobro adicional" en en tratandose de operaciones en las que el precio NO hubiera incluido el IVA. Es lógico que si el monto pactado NO contenia el iva entonces dicho IVA debe sumarse (adicionarse) al monto de la operación. Es adicional pero AL MONTO DE LA OPERACION, pero NO adicional al IVA, pues en estas operaciones el IVA no existía. El término adicional, es por que se suma/adiciona/agrega al valor de la operación, pues aquella NO lo contenia.
En tu caso planteado, en el que le cobras 1% adicional:
CARGO a "Bancos"
ABONO a " IVA trasladado"
En ambos casos por el cobro "adicional" que realices.
Como se ve, este asiento es directo y se interpresta como la cantidad que recibes del cliente por concepto de iva y que tienes la obligación de pagar al fisco.
En este caso, no hay afectación a la cuenta transitoria de iva (IVA por trasladar) dado que ese cobro en demasía, no lo tenias derecho a cobrar al día 31/12/2009, por eso el asiento es directo.
Sígueme aquí
\\\" El que sube una escalera debe empezar por el primer peldaño... \\\" Walter Scott
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Alberto FC
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Tula de Allende, Hidalgo
... sea IGUAL al monto total consignado en el comprobante expedido en 2010 ( $ 1,150.00 )...
...
...
Debe decir:
... sea IGUAL al monto total consignado en el comprobante expedido en 2009( $ 1,150.00 )...
Sígueme aquí
\\\" El que sube una escalera debe empezar por el primer peldaño... \\\" Walter Scott
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.