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Publicaciones de importancia en el DOF hoy
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17 años 4 semanas antes #51139
por gaboaranda
Publicaciones de importancia en el DOF hoy Publicado por gaboaranda
Quise abrir este tópico para que vayamos compilando todas las publicaciones que salgan día con día y que sean de importancia para nuestra vida diaria asi que hoy 12/08/2009, comenzamos con que en el DOF esta publicado hoy:
Reglas de Operación para los seguros de pensiones, derivados de las leyes de seguridad social
Reglas para el capital mínimo de garantía de las instituciones de seguros
Anexo 1-A de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada el 7 de agosto de 2009
Resolución que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Saludos
Reglas de Operación para los seguros de pensiones, derivados de las leyes de seguridad social
Reglas para el capital mínimo de garantía de las instituciones de seguros
Anexo 1-A de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada el 7 de agosto de 2009
Resolución que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
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17 años 3 semanas antes #51205
por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Ley para Regular las Actividades de las Sociedades
Damas y caballeros hoy en el DOF tenemos estas publicaciones de relevancia...
[url=http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5103309&fecha=13/08/2009
]Nota Aclaratoria al Acuerdo de ventanilla única de recepción del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicado el 31 de marzo de 2009
[/url]
Decreto por el que se expide la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Ley de Instituciones de Crédito
saludos
[url=http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5103309&fecha=13/08/2009
]Nota Aclaratoria al Acuerdo de ventanilla única de recepción del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicado el 31 de marzo de 2009
[/url]
Decreto por el que se expide la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Ley de Instituciones de Crédito
saludos
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17 años 3 semanas antes #51292
por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Reforman ART 18 CPEUM e ISSSTE cambia domicilio
Hola amigos solo para decirles que el día de hoy encontramos en el DOF estas publicaciones de relevancia
Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo segundo transitorio y un artículo tercero transitorio al decreto por el que se declaran reformado el párrafo cuarto y adicionados los párrafos quinto y sexto, y se recorre el orden de los últimos dos párrafos del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 12 de diciembre de 2005
Aviso General por el que se da a conocer el cambio de domicilio fiscal del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
saludos
Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo segundo transitorio y un artículo tercero transitorio al decreto por el que se declaran reformado el párrafo cuarto y adicionados los párrafos quinto y sexto, y se recorre el orden de los últimos dos párrafos del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 12 de diciembre de 2005
Aviso General por el que se da a conocer el cambio de domicilio fiscal del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
saludos
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15 años 11 meses antes - 15 años 11 meses antes #64375
por joluc
“Nunca consideres el estudio como una obligación sino como una oportunidad para penetrar en el
bello y maravilloso mundo del saber”
Albert Einstein
Respuesta de joluc sobre el tema Dias Inhabiles 15,16,17 septiembre 2010
DOF: 13/09/2010
Resolución que modifica las disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2010, en que las entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en los artículos 16, fracción I, y 4, fracciones XXII y XXXVI de su Ley; 95 de la Ley de Instituciones de Crédito; 218, 243 y 279 de la Ley del Mercado de Valores; 80, fracción VIII de la Ley de Sociedades de Inversión; 70 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; 124 Bis 3 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, 90 de la Ley de Uniones de Crédito, y 68 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, así como artículos 12 y 56 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2009, y
CONSIDERANDO
Que el Titular del Ejecutivo Federal con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B ) del Artículo 123 Constitucional, así como 13 y 27 fracciones XVII, XXVI y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el marco de los festejos del Bicentenario del inicio del movimiento de la independencia nacional, mediante los cuales el Gobierno Federal llevará a cabo diversos eventos y actividades cívicas, educativas culturales y recreativas dirigidas a la población en general, entre otros días, durante las fechas 15, 16 y 17 de septiembre de 2010, a fin de promover la activa participación ciudadana y contribuir a dar un sustento a la unidad nacional y preservar la cohesión social, mediante el "Decreto por el que se adiciona el Artículo Tercero Transitorio al Decreto por el que se establece el Calendario Oficial" publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2010, señaló los días 15 y 17 de septiembre de este mismo año, de descanso obligatorio para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuyas relaciones de trabajo se rijan por el Apartado B ) del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Que el propio Titular del Ejecutivo Federal señaló en el Decreto mencionado en el párrafo anterior, que si bien es cierto que el Calendario Oficial establecido por el Ejecutivo Federal, solamente es aplicable a las dependencias de la Administración Pública Federal y a las entidades de la misma que regulan sus relaciones laborales conforme al Apartado B ) del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la adición al Decreto referido constituye una acción adicional a las que, en su caso, sean emprendidas por los sectores social y privado, así como el resto del ámbito público, atendiendo a la trascendencia histórica de la conmemoración del Bicentenario del inicio del movimiento de la independencia nacional, en aras de fomentar la participación de la sociedad mexicana en dicha festividad, y
Que a fin de coadyuvar con el propósito de promover la participación ciudadana por un lado, sin dejar de reconocer, por otro, que las entidades financieras sujetas a la supervisión de esta Comisión realizan actividades de especial relevancia para el sistema financiero mexicano y para la economía nacional en su conjunto, así como que el público en general requiere contar con puntos de acceso para realizar sus transacciones financieras, ha resuelto expedir la siguiente:
RESOLUCION QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL QUE SEÑALAN LOS
DIAS DEL AÑO 2010, EN QUE LAS ENTIDADES FINANCIERAS SUJETAS A LA SUPERVISION DE LA
COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES, DEBERAN CERRAR SUS PUERTAS Y SUSPENDER
OPERACIONES
UNICA.- Se ADICIONA un segundo párrafo a la fracción VI del artículo 1 de las "Disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2010, en que las entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2009, para quedar como sigue:
"Artículo 1.- ...
I. a V. ...
VI. ...
Asimismo, el día 17 de septiembre, en conmemoración del bicentenario del inicio de la independencia mexicana.
VII. a IX. ...
...
..."
TRANSITORIO
UNICO.- La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Atentamente
México, D.F., a 10 de septiembre de 2010.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores: el Vicepresidente Jurídico, Jorge L. González García.- Rúbrica.- El Vicepresidente de Política Regulatoria, Carlos Serrano Herrera.- Rúbrica.
Resolución que modifica las disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2010, en que las entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en los artículos 16, fracción I, y 4, fracciones XXII y XXXVI de su Ley; 95 de la Ley de Instituciones de Crédito; 218, 243 y 279 de la Ley del Mercado de Valores; 80, fracción VIII de la Ley de Sociedades de Inversión; 70 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; 124 Bis 3 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, 90 de la Ley de Uniones de Crédito, y 68 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, así como artículos 12 y 56 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2009, y
CONSIDERANDO
Que el Titular del Ejecutivo Federal con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B ) del Artículo 123 Constitucional, así como 13 y 27 fracciones XVII, XXVI y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el marco de los festejos del Bicentenario del inicio del movimiento de la independencia nacional, mediante los cuales el Gobierno Federal llevará a cabo diversos eventos y actividades cívicas, educativas culturales y recreativas dirigidas a la población en general, entre otros días, durante las fechas 15, 16 y 17 de septiembre de 2010, a fin de promover la activa participación ciudadana y contribuir a dar un sustento a la unidad nacional y preservar la cohesión social, mediante el "Decreto por el que se adiciona el Artículo Tercero Transitorio al Decreto por el que se establece el Calendario Oficial" publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2010, señaló los días 15 y 17 de septiembre de este mismo año, de descanso obligatorio para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuyas relaciones de trabajo se rijan por el Apartado B ) del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Que el propio Titular del Ejecutivo Federal señaló en el Decreto mencionado en el párrafo anterior, que si bien es cierto que el Calendario Oficial establecido por el Ejecutivo Federal, solamente es aplicable a las dependencias de la Administración Pública Federal y a las entidades de la misma que regulan sus relaciones laborales conforme al Apartado B ) del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la adición al Decreto referido constituye una acción adicional a las que, en su caso, sean emprendidas por los sectores social y privado, así como el resto del ámbito público, atendiendo a la trascendencia histórica de la conmemoración del Bicentenario del inicio del movimiento de la independencia nacional, en aras de fomentar la participación de la sociedad mexicana en dicha festividad, y
Que a fin de coadyuvar con el propósito de promover la participación ciudadana por un lado, sin dejar de reconocer, por otro, que las entidades financieras sujetas a la supervisión de esta Comisión realizan actividades de especial relevancia para el sistema financiero mexicano y para la economía nacional en su conjunto, así como que el público en general requiere contar con puntos de acceso para realizar sus transacciones financieras, ha resuelto expedir la siguiente:
RESOLUCION QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL QUE SEÑALAN LOS
DIAS DEL AÑO 2010, EN QUE LAS ENTIDADES FINANCIERAS SUJETAS A LA SUPERVISION DE LA
COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES, DEBERAN CERRAR SUS PUERTAS Y SUSPENDER
OPERACIONES
UNICA.- Se ADICIONA un segundo párrafo a la fracción VI del artículo 1 de las "Disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2010, en que las entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2009, para quedar como sigue:
"Artículo 1.- ...
I. a V. ...
VI. ...
Asimismo, el día 17 de septiembre, en conmemoración del bicentenario del inicio de la independencia mexicana.
VII. a IX. ...
...
..."
TRANSITORIO
UNICO.- La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Atentamente
México, D.F., a 10 de septiembre de 2010.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores: el Vicepresidente Jurídico, Jorge L. González García.- Rúbrica.- El Vicepresidente de Política Regulatoria, Carlos Serrano Herrera.- Rúbrica.
“Nunca consideres el estudio como una obligación sino como una oportunidad para penetrar en el
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Albert Einstein
Última Edición: 15 años 11 meses antes por joluc.
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- editor20
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15 años 11 meses antes - 15 años 11 meses antes #64406
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Dias Inhabiles 15,16,17 septiembre 2010
El día de hoy, 14 de septiembre, ya se publicó en el DOF la 1a Modificación a la resolución Miscelánea la cual contiene los beneficios para emitir facturas electrónicas gradualmente.
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Última Edición: 15 años 11 meses antes por ramiro9.
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- gaboaranda
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15 años 11 meses antes #64420
por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: Dias Inhabiles 15,16,17 septiembre 2010
Mi estimado joluc estamos seguros que son días inhabiles??
saludos
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