Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

Se condonará del impuesto sobre nóminas en DF

Más
16 años 7 meses antes - 16 años 7 meses antes #56792 por gaboaranda
A través de la Gaceta del DF de hoy fecha 18 de enero de 2010,

Archivo adjunto Condonacion_del_impuestop_sobre_nominas1.pdf no encontrado




Se da a conocer el programa de condonación del impuesto sobre nóminas (ISN) para el ejercicio 2010, en los siguientes términos:

Beneficiarios:

Tipo de empresa
Número de trabajadores
% de condonación

Micro
De 1 a 10
40%

Pequeña
De 11 a 30
28%

Mediana
De 31 a 60
20%


Requisitos:

que durante todo el ejercicio fiscal 2010 no disminuyan su plantilla laboral respecto al promedio del último trimestre inmediato anterior al mes que se declara
que el pago del ISN correspondiente al ejercicio fiscal de 2009 se hubiese hecho de conformidad con el artículo 181 del Código Financiero del DF vigente en dicho ejercicio
que se encuentre registrado en el Padrón de contribuyentes por el citado impuesto ante la Tesorería del Distrito Federal
tratándose de empresas de nueva creación, se considerará el número de empleados con los que inicia de actividades
manifestar bajo protesta de decir verdad que se encuentran al corriente en el pago de los impuestos predial, y por la prestación de servicios de hospedaje, así como por derechos por el suministro de agua
Procedimiento:

Ingresar a la página de la Secretaría de Finanzas ( www.finanzas.df.gob.mx ) y registrar su solicitud en el icono de acceso: Programa de Condonación de Impuesto sobre Nóminas a las empresas y requisitar la información solicitada.

Una vez registrado, el sistema verificará de manera automática los requisitos primero y segundo mencionados anteriormente, y en caso de cumplir dichos requisitos quedará registrada la solicitud y se generará el formato de impresión correspondiente además de otorgarle una cita con la fecha y hora en la que se debe acudir a la Administración Tributaria que le sea indicada a efecto de formalizar su solicitud y acogerse al presente beneficio.

Acudir a la cita antes mencionada, se deberá presentar diversa información y se asignará un Número de Identificación (NI), el cual será utilizado para realizar los pagos a lo largo del ejercicio fiscal 2010.

Los contribuyentes utilizarán su NI al momento de ingresar a la página de Internet de la Secretaria de Finanzas, para obtener su línea de captura de manera mensual, la cual contemplará la condonación correspondiente.

En caso de que los contribuyentes nos se encuentren inscritos en el padrón del impuesto sobre nóminas, deberán acudir a la Administración Tributaria que les corresponda según su domicilio fiscal.

Cuando se tenga controvertido algún recurso administrativo ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del DF o ante el Poder Judicial de la Federación, los contribuyentes a que refiere el programa podrán acogerse al mismo siempre que se desistan de los medios de defensa interpuestos al respecto.

Período de aplicación

Si el contribuyente recibe su NI

I. antes del día 15, aplicará para el mismo período

II. después del día 15, aplicará en el siguiente período

No aplicará la condonación respecto de declaraciones complementarias pagadas con posterioridad al vencimiento del plazo.

Para mayor información, puede contactar a la Secretaria de Finanzas en el número 55-88-33-88


Articulo publicado en idconline
Fecha de publicación: 2010-01-18
© 2007 DERECHOS RESERVADOS EXPANSIÓN, S.A. DE C.V.
AV. CONSTITUYENTES 956 COL. LOMAS ALTAS CP 11950, MÉXICO DF.
Última Edición: 16 años 7 meses antes por gaboaranda.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Moderadores: c.p. castillo
Tiempo de carga de la página: 0.549 segundos
Gracias a Foro Kunena