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    AUDITORIA DE ISR

    30 Ago 2007 15:23 #14747 por MIA810925
    AUDITORIA DE ISR Publicado por MIA810925
    compañeros necesito opiniones, tengo auditoria por revision de escritorio donde me fueron solicitados los papeles de trabajo y auxiliares de cuentas para determinar el impuesto de isr, y resulta que omiti pagar en el mes de octubre 13,000 pesos de impuesto por que en ese mes me equivoque en el concepto de pago. Realmente lo que pague de isr que fueron 20,000.00 fue por el pago del 16% que se paga con el concepto de isr otras retenciones, yo me equivoque y se pago como isr reg. interm. yo decidi mandar y ajustar mis papeles de trabajo de manera que yo metiera como deducccion la base de 133,000.00 que fueron el 10% de ,mis ingresos acum. para octubre y de los cuales yo pague mi 16%.ahora me determina auditoria que yo tengo que pagar el isr por los 13,000.00 y yo por mi lado le dije que no estoy de acuerdo, que le pago los recargos y act. a noviembre, pero no el impuesto por que en el calculo anual no me da a pagar nada. espero me hayan entendido y solicito opiniones si estoy mal. porfavor yo solo se que el isr es un pago anticipado. puedo no tener para pagar en un mes pero en el otro sigo acumulando ingresos y gastos y puedo pagar lo correspondiente al mes ant. y el que este en curso. cierto o falso?gracias de antemano

    *Solo se sueña una vez en la vida, por que la misma vida te despierta *

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    30 Ago 2007 16:03 #14753 por RESPLANDOR1
    Respuesta de RESPLANDOR1 sobre el tema Re:AUDITORIA DE ISR
    ... tengo auditoria por revision de escritorio donde me fueron solicitados los papeles de trabajo y auxiliares de cuentas para determinar el impuesto de isr,.... y resulta que omiti pagar en el mes de octubre 13,000 pesos de impuesto por que en ese mes me equivoque en el concepto de pago. Realmente lo que pague de isr que fueron 20,000.00 fue por el pago del 16% que se paga con el concepto de isr otras retenciones, yo me equivoque y se pago como isr reg. interm.


    ...yo decidi mandar y ajustar mis papeles de trabajo de manera que yo metiera como deducccion la base de 133,000.00 que fueron el 10% de ,mis ingresos acum. para octubre y de los cuales yo pague mi 16%.ahora me determina auditoria que yo tengo que pagar el isr por los 13,000.00

    ....y yo por mi lado le dije que no estoy de acuerdo, que le pago los recargos y act. a noviembre, pero no el impuesto por que en el calculo anual no me da a pagar nada.

    espero me hayan entendido y solicito opiniones si estoy mal. porfavor yo solo se que el isr es un pago anticipado. puedo no tener para pagar en un mes pero en el otro sigo acumulando ingresos y gastos y puedo pagar lo correspondiente al mes ant. y el que este en curso. cierto o falso?gracias de antemano


    Saludos MIa...

    estoy de acuerdo contigo, los PP son acuenta de una declaracion anual, y aqui hay dos cosas que hacer, UNA dejar que ellos determinen tu credito fiscal y despues te metas con la defensa, puesto que no es como ellos dicen..DOS, cuanto te cuesta pagar de impuesto sobre 13000 y cuanto te cuesta el abogado....pero ojo... \"si optas por esta segunda estaras dando la razon a ellos\"....

    Esperemos mas comentarios a ver q opinan los demas...

    \"En la vida solo tienes dos decisiones... TU DECIDES...\"

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    30 Ago 2007 16:17 #14755 por mozart
    Respuesta de mozart sobre el tema Re:AUDITORIA DE ISR
    MIA810925 escribio:

    compañeros necesito opiniones, tengo auditoria por revision de escritorio donde me fueron solicitados los papeles de trabajo y auxiliares de cuentas para determinar el impuesto de isr, y resulta que omiti pagar en el mes de octubre 13,000 pesos de impuesto por que en ese mes me equivoque en el concepto de pago. Realmente lo que pague de isr que fueron 20,000.00 fue por el pago del 16% que se paga con el concepto de isr otras retenciones, yo me equivoque y se pago como isr reg. interm. yo decidi mandar y ajustar mis papeles de trabajo de manera que yo metiera como deducccion la base de 133,000.00 que fueron el 10% de ,mis ingresos acum. para octubre y de los cuales yo pague mi 16%.ahora me determina auditoria que yo tengo que pagar el isr por los 13,000.00 y yo por mi lado le dije que no estoy de acuerdo, que le pago los recargos y act. a noviembre, pero no el impuesto por que en el calculo anual no me da a pagar nada. espero me hayan entendido y solicito opiniones si estoy mal. porfavor yo solo se que el isr es un pago anticipado. puedo no tener para pagar en un mes pero en el otro sigo acumulando ingresos y gastos y puedo pagar lo correspondiente al mes ant. y el que este en curso. cierto o falso?gracias de antemano



    segun a lo entendido de tu comentario, jamas se realizo LA ACLARACION POR HABERTE EQUIVOCADO EN EL CONCEPTO, MAS NO EN EL PAGO......

    respecto si tienes un impuesto a cargo y no tienes billelle para pagar, este en el momento que lo pagues debes actualizar y pagar recargos,... !! claro si la autoridad antes no te requiere tal pago......


    saludos :laugh:


    pdta.- en lo particular no entendi de manera diluida tu duda, esperando que esta sea mas comprensible....

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    30 Ago 2007 16:44 #14764 por MIA810925
    Respuesta de MIA810925 sobre el tema Re:AUDITORIA DE ISR
    gracias y entiendo que no fui muy clara en mi duda. realmente no les debo nada de impuesto solo me determinan una diferencia en isr por el mes de octubre, diferencia que fue cubierta en el mes de noviembre pero ellos como autoridad me exigen que pague lo determinado en octubre y en noviembre lo que es de noviembre. osea es regresarme a pagarles en octubre lo realmente causado y por el cual yo no lo considero, por que si lo realizo asi en la declaracion anual me va a dar un impeusto a favor que ya no lo necesito.mi cliente fue suspendido en enero de este año y se fue a vivir a EEUU.ni pretende regresar a mexico.

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    30 Ago 2007 17:12 #14770 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re:AUDITORIA DE ISR
    MIA810925 escribio:

    gracias y entiendo que no fui muy clara en mi duda. realmente no les debo nada de impuesto solo me determinan una diferencia en isr por el mes de octubre, diferencia que fue cubierta en el mes de noviembre pero ellos como autoridad me exigen que pague lo determinado en octubre y en noviembre lo que es de noviembre. osea es regresarme a pagarles en octubre lo realmente causado y por el cual yo no lo considero, por que si lo realizo asi en la declaracion anual me va a dar un impeusto a favor que ya no lo necesito.mi cliente fue suspendido en enero de este año y se fue a vivir a EEUU.ni pretende regresar a mexico.


    Mia810925

    Tal como lo manifiesta el amigo Rufino , eso es a cuenta de la anual ( art 14 LISR ), ahora bien, como te determinan la diferencia si ajustaste los pagos??? o una de dos, no se corrigio el concepto del pago o no consideraste en octubre lo que es de octubre y lo pusiste en noviembre?...


    Por lo tanto si no lo has pagado, pues a pagar, y si hay que corregir el concepto, hazlo.


    saludos

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    30 Ago 2007 17:19 #14772 por MIA810925
    Respuesta de MIA810925 sobre el tema Re:AUDITORIA DE ISR
    gracias hugo, mozart y mi estimado rufino, y en efecto no considere en octubre lo que era de octubre pero lo pague en noviembre.y no corregi el concepto por que me favorecia dejarlo como isr para poder acreditarmelo como pago efectuado en mi calculo anual. no les debo isr a cargo. por elcontrario si pago la diferencia que ellos me dicen me quedaria el impuesto a favor en la anual.

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