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    Compensaciones entre cliente-proveedor

    10 Sep 2007 21:50 #15474 por sandaveli4
    Hola buenas tardes espero que alguien me pueda ayudar en el siguiente asunto:

    La cosa esta así nosotros le vendemos al cliete X determinada mercancía, pero este a su vez nos factura conceptos tales como almacenaje, publicidad, etc, etc pero nosotros nunca pagamos esas facturas porque este cliente pide que la \"paguemos\" haciendo una nota de crédito a favor de él.

    Mi pregunta es si debo cancelar directamente el cliente con el proveedor ( con su respectiva n.c) y si no existe alguna restricción o alguna otra manera :blink:

    gracias

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    10 Sep 2007 23:04 #15483 por jamendoz
    lo que te recomiendo es que hagan un contrato donde se estipule estas compensaciones, para que lo tengas soportado ante la autoridad, no le veo caso a lo de la nota de credito, porque entonces ustedes como comprueban, o ellos no les facturan?

    saludos


    cp jose antonio mendoza p

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    10 Sep 2007 23:18 #15485 por sandaveli4
    el contrato esta en este especifica que el cliente podra solicitar rebajas por varios conceptos pero lo que no espefica que este nos facturara para llevar acabo estas bonificaciones.

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    10 Sep 2007 23:37 #15487 por jamendoz
    porque si estas bonificando podrias incurrir en que estuvieras vendiendo abajo del costo, lo correcto seria que cada quien se facturara y se compensara por factura

    saludos


    cp jose antonio mendoza p

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    11 Sep 2007 01:24 #15491 por walter
    Hola.

    No hay necesitad de elaborar un contrato,tampoco notas de crédito alguna,lo único que en mi opinión haria es solicitarle una carta al tu cliente, donde te solicite que el pago se su factura sea aplicado a su cuenta que tienes con el. así de simple, no recuerdo el articulo pero lo menciona el codigo civil, en cuanto a las formas de extinción de una deuda. y dentro de estas formas esta la compensación de comun acuerdo.

    Espero te sirva mi comentario.

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    11 Sep 2007 13:47 #15497 por sandaveli4
    Eso de vender a bajo del costo no creo suceda así, las utilidades pueden ser míminas pero la recuperación por decirlo así es por el volumen que se le vende.

    Eso de la compensación que contempla el codigo civil suena interesante pero que pasa con el IVA.

    Gracias por sus comentarios

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