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En relación al ISR tengo la duda si aplcias o no la deduccion ciega del art. 142 de LISR, ademas a este ISR se le debería de disminuir el ISR retenido del periodo si lo hubiera
Por otra parte el IETU queda asi:
BASE 45,400.00
TASA 16.50%
IETU DETERMINADO 7,491.00
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