Solo para fundamentar el comentario anterior. Buen dia¡
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL DIA 2 DE JULIO DE 2007
Tercero. Durante el ejercicio fiscal de 2007, se tendrá por cumplida la obligación prevista en los artículos 86, fracción VIII y 101, fracción V de la Ley del ISR, y 32-G del CFF, cuando los contribuyentes presenten la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, respecto del ejercicio fiscal de 2007, en términos de las reglas 5.1.12. y 5.1.13.
5.1.12. Para los efectos del artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, los contribuyentes personas morales proporcionarán la información a que se refieren las citadas disposiciones de conformidad con la siguiente tabla:
Información correspondiente al mes de: Se presentará en el mes de:
Enero de 2007 Septiembre de 2007
Febrero de 2007 Septiembre de 2007
Marzo de 2007 Septiembre de 2007
Abril de 2007 Septiembre de 2007
Mayo de 2007 Septiembre de 2007
Junio de 2007 Septiembre de 2007
Julio de 2007 Octubre de 2007
Agosto de 2007 Octubre de 2007
Septiembre de 2007 Noviembre de 2007
Octubre de 2007 Noviembre de 2007
Noviembre de 2007 Enero de 2008
Diciembre de 2007 Enero de 2008
Los contribuyentes que hagan capturas de más de 500 registros, deberán presentar la información ante la ALAC, en disco compacto (CD), o en dispositivos USB, los que serán devueltos al contribuyente después de realizar las validaciones respectivas.
El campo denominado Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas) del formato electrónico A-29 Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, no será obligatorio su llenado.
En el campo denominado proveedor global se deberá señalar la información de los proveedores que no fueron relacionados en forma individual en los términos de la regla 5.1.2.
5.1.13. Los contribuyentes personas morales a que se refiere la regla 5.1.12., que por las características de sus operaciones no puedan cumplir con la información solicitada en el formato electrónico A-29 Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, podrán presentar dicha información a través del formato electrónico A-29 Declaración Informativa de Operaciones con Terceros. Simplificada durante el ejercicio del 2007.
La información antes referida se presentará de conformidad con la siguiente tabla:
Información correspondiente al mes de: Se presentará en el mes de:
Enero de 2007 Julio de 2007
Febrero de 2007 Julio de 2007
Marzo de 2007 Julio de 2007
Abril de 2007 Julio de 2007
Mayo de 2007 Julio de 2007
Junio de 2007 Julio de 2007
Julio de 2007 Septiembre de 2007
Agosto de 2007 Septiembre de 2007
Septiembre de 2007 Noviembre de 2007
Octubre de 2007 Noviembre de 2007
Noviembre de 2007 Enero de 2008
Diciembre de 2007 Enero de 2008
La información que se deba presentar en el mes de julio conforme a la tabla anterior, podrá ser presentada por los contribuyentes dentro del periodo que les corresponda, según el calendario que se señala a continuación, considerando el primer carácter alfabético del RFC:
Letras del RFC Fecha en que se presenta
De la A a la F del 1 al 10 de agosto de 2007
De la G a la O del 13 al 21 de agosto de 2007
De la P a la Z y & del 22 al 30 de agosto de 2007
La información se presentará a través de la página de Internet del SAT mediante el formato electrónico A-29 Declaración Informativa de Operaciones con Terceros. Simplificada, contenido en el Anexo 1.
Los contribuyentes que hagan capturas de más de 500 registros, deberán presentar la información ante la ALAC, en disco compacto (CD), o en dispositivos USB, los que serán devueltos al contribuyente después de realizar las validaciones respectivas.
El campo denominado Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas) del formato electrónico A-29 Declaración Informativa de Operaciones con Terceros. Simplificada, no será obligatorio su llenado.
En el campo denominado proveedor global se deberá señalar la información de los proveedores que no fueron relacionados en forma individual en los términos de la regla 5.1.2.