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Nada mas como dato adicional la NIF C 11 en su párrafo 23 te menciona que " No es aceptable presentar la cantidad pendiente de pago como una cuenta por cobrar a los accionistas de una entidad, aun cuando estén amparadas con títulos de crédito."
También menciona que " Cuando los accionistas no exhiben totalmente el importe de las acciones suscritas, la diferencia entre el importe entregado y el importe pendiente de pago deberá considerarse como Capital Suscrito no pagado, restando el renglón del Capital Social"
Esto como puedes ver es para no caer en las Ilusiones de la "Contabilidad Creativa" que supone una "Gran Capital" de la empresa con "Deudores Diversos" que son importantes y que únicamente distorsionan la información financiera de la empresa cuando se analizan seriamente las razones de una empresa.
Smarin :shock:
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Hola buenas tardes quisiera su valiosa opinion para registrar en contabilidad el capital social si en el Acta constitutiva tengo un capital por 15,000,000 pero en bancos solo deposite 10,000 como registro la diferencia para presentar estados financieros y que repecursiones existen les agradeceria su ayuda
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