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    COMPRA INMUEBLE

    28 Mar 2012 12:18 #79881 por lugmi
    COMPRA INMUEBLE Publicado por lugmi
    BUENOS DIAS

    QUISIERA QUE PORFAVOR ALGUIEN ME AYUDE CON LAS DUDA QUE TENGO


    UNA PERSONA FISICA REGIMEN INTERMEDIO VA A ADQUIRIR UN BIEN INMUEBLE PARA SU ACTIVIDAD


    QUISIERA SABER SI PARA ISR Y IETU ES DEDUCIBLE (O DEPRECIAR) EN POCAS PALABRAS QUE CONVIENE ADQUIRIR

    LA COMPRA DE:
    - UN TERRENO ´
    Ó
    -UNA BODEGUITA



    AHORA EN LA NOTARIA DICEN QUE AL SER BODEGA SE TIENE QUE FACTURAR...

    1.- QUIEN ME TIENE QUE FACTURAR EL INMUEBLE?
    2.- SI FUERA EL ACTUAL DUEÑO DE LA BODEGUITA QUIEN FACTURARIA, ESTE SEÑOR SE DEDICA A OTRA COSA AUNQUE DENTRO DE SU ACTIVIDAD SI EMITE FACTURAS......EL PUEDE DARME UNA SIMPLE FACTURA DE SU ACTIVIDAD?
    3.- LA FACTURA QUE DEBE DECIR COMO CONCEPTO?
    4.-ESTE IVA QUE CONTENGA LA FACTURA, LO PUEDO ACREDITAR (OSEA EL COMPRADOR QUE ES PERSONA FISICA REGIMEN INTERMEDIO)


    PORFAVOR LES AGRADECERE MUCHISIMO SU AYUDA SE QUE EN ESTE ESPACIO HAY GENTE CON MUCHA EXPERIENCIA PORESO LES PIDO SU AYUDA....

    MIL GRACIAS

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    28 Mar 2012 13:49 #79886 por AROSILES
    Respuesta de AROSILES sobre el tema Re: COMPRA INMUEBLE
    LAS OPERACIONES DE ENAJENACION DE INMUEBLES SE CONSIGNAN EN ESCRITURA PUBLICA, YA QUE ESTE DOCUMENTO QUEDA INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD.
    EL ART. 33 DE LA LEY DEL I.V.A., SEGUNDO PARRAFO ESTABLECE LO SIGUIENTE:
    "Tratándose de enajenación de inmuebles por la que se deba pagar el impuesto en los términos de esta Ley, consignada en escritura pública, los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios que por disposición legal tengan funciones notariales, calcularán el impuesto bajo su responsabilidad y lo enterarán dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se firme la escritura, en la oficina autorizada que corresponda a su domicilio."

    SI QUIEN REALIZA LA VENTA DEL INMUEBLE ES UNA PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL, ENTONCES SERAN ELLOS QUIENES PAGARAN EL I.V.A. QUE CORRESPONDA POR ESA VENTA,Y NO EL NOTARIO. (VER. ARTICULO 78 DEL R.L.I.V.A.)

    EN ESTE CASO, EL VENDEDOR PODRA EXPEDIR FACTURA POR LA VENTA, SIN EMBARGO NO ES UN REQUISITO IN DISPENSABLE, YA QUE LA COMPROBACION DE LA COMPRA DEL BIEN INMUELBE SE HARA CON LA ESCRITURA NOTARIAL.

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    28 Mar 2012 18:56 #79897 por lugmi
    Respuesta de lugmi sobre el tema Re: COMPRA INMUEBLE
    AROSILES LE AGRADEZCO MUCHO SU RESPUESTA...Y SI ME HICIERA FAVOR DE COMENTARME LO SIGUIENTE PARA QUE ME QUEDE CLARO...

    ENTONCES COMO PERSONA FISICA REGIMEN INTERMEDIO, PUEDE HACER DEDUCIBLE PARA ISR TANTO LA COMPRA DEL TERRENO COMO DE LA BODEGUITA (OSEA UNA CONSTRUCCION)? Y ESTO EN BASE A QUE FUNDAMENTO, LE AGRADECERE DEMACIADO SU AYUDA

    SALUDOS

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    28 Mar 2012 20:03 - 28 Mar 2012 21:11 #79898 por a_cano
    Respuesta de a_cano sobre el tema Re: COMPRA INMUEBLE
    Buena noche:

    El fundamento: Artículo 29-B, fracción III, del Código Fiscal de la Federación y la Regla I.2.8.3.1.1., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, que dispone lo siguiente:

    Documentos que pueden utilizarse como comprobantes fiscales
    I.2.8.3.1.1. Para los efectos del artículo 29-B, fracción III del CFF, los siguientes documentos servirán como comprobantes fiscales por los actos o actividades que se realicen o por los ingresos que perciban, en los siguientes casos:

    […]

    III. Escritura pública o póliza, en las operaciones que se celebren ante fedatario público y se hagan constar en ellas, sin que queden comprendidos ni los honorarios, ni los gastos derivados de la escrituración.


    Recomendación: Que se consigne el valor de operación (el valor de mercado "la cantidad que esta pagando") en la escritura pública, además de pagar con cheque nominativo del contribuyente y que contenga la leyenda "Para abono en cuenta del beneficiario" .

    Saludos

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    29 Mar 2012 10:53 #79919 por AROSILES
    Respuesta de AROSILES sobre el tema Re: COMPRA INMUEBLE
    EL ART. 5 DE LA LEY DE IETU, HABLA DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS, EN LA FRACCION I DE ESE ARTICULO, ESTA EL FUNDAMENTO.

    UNA RECOMENDACION MUY IMPORTANTE ES QUE LOS PAGOS POR LA COMPRA DEL INMUEBLE LAS REALICES CON CHEQUE NOMINATIVO PARA ABONO EN CUENTA , O TRANSFERENCIA ELECTRONICA "AD MOSCUM" (POR SI LAS MOSCAS), CON LA FINALIDAD DE QUE NO LLEGUES A TENER NINGUNA OBJECION POR PARTE DE LA AUTORIDAD, CUANDO RECUPERES TU I.V.A. PAGADO.

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    06 Sep 2014 11:32 - 08 Sep 2014 10:17 #98155 por yazminwse
    Respuesta de yazminwse sobre el tema COMPRA INMUEBLE
    Hola es importante conocer, aprender un poco a cerca de estos temas, ya que estar bien informado nos ayuda a comprar o vender el inmueble que deseamos, si lo pensamos en el futuro de nuestros bebes. Además es el objetivo por el cual trabajamos demasiado para ir teniendo poco a poco nuestras cosas.
    Saludos!!!

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