Este es el link a la nota que aparece publicada hoy en un periódico de la localidad, por si alguien gusta darle lectura en el sitio original;
www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/1002...gios-libran-isr.html
Aquí la reproduzco por aquello de que no se pueda visualizar correctamente;
Noticia publicada en Torre n de El Siglo de Torreón el viernes 6 de junio de 2014, 7:11am
'Por firma', colegios libran ISR
EDITH GONZÁLEZ / EL SIGLO DE TORREÓN / TORREÓN
"Por una firma", el Juzgado Segundo de Distrito otorgó la suspensión definitiva en el juicio de amparo que promovieron 28 colegios de La Laguna, con lo quedan exentos del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
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Tenemos la suspensión definitiva al agravio de querer cobrarnos el ISR", confirmó ayer Rodolfo Silva, presidente de la Unión de Colegios Particulares.
El amparo fue presentado en febrero de este año, dentro de los tiempos establecidos por la ley. Las reformas al ISR entraron en vigor el primer día de 2014.
Los colegios, que eran considerados por la ley como personas morales y estaban exentos del pago del impuesto, fueron obligados a pagar el 35 por ciento del ISR, al reparto de utilidades y el 10 por ciento sobre remanentes, además de continuar otorgando las becas que por disposición se acordó con el gobierno estatal.
El abogado fiscalista Efraín Fuentes Cerda dijo que una de las pruebas clave que presentó el despacho que promovió los amparos fue la firma en el edicto.
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Cuando Enrique Peña Nieto firmó el edicto para que la ley fuera una realidad, (...) se le olvidó agregar antes presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, o sea que su edicto firmado (...) en lo personal, ni para papel de baño sirve", dijo.
Comentó que ahora esperan la sentencia sobre el caso de fondo; mientras tanto, la reforma al ISR no afectará a los colegios amparados.
'Por firma', colegios libran ISR / Torre n Página1 de 1
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06/06/2014
Ahora si mi comentario, dudas e inquietudes.
Poco o nada entiendo de juicios, siempre he dejado eso en manos de los especialista, en breve charla con un abogado me dice, si ganaron la suspensión, pero el amparo propiamente no lo han ganado. ¿Quién tiene la razón?, el abogado me dice, es cierto, el error existe, pero van a decir los tribunales que es de sobra conocida la personalidad. ¿Pueden hacerlo?, que no se supone existen formalidades que deben cuidar y cumplir. ¿Es esta una de ellas?
Lo que yo me quedo pensando, si efectivamente el edicto tal no sirve ni para papel de baño, entonces no hay RIF, el IETU sigue vivo, el timbrado de nominas no es obligatorio, los CFDI tampoco, es decir, !NO hay reforma!, ¿Es probable?, yo entiendo que aunque fuera probable los tribunales "no pueden" o no se les va a permitir por ningún motivo fallar en ese sentido, pero pienso que en el menor de los casos lo que tenemos seria una burrada mas o descuido del actual titular del ejecutivo.
Espero leer los comentarios de los abogados, MISTICO, LOBOZAC y otros tantos que sigo con peculiar interés.
A_Cano, entiendo entre tus clientes cuentas con contribuyentes de ese gremio o giro, ¿Promovieron amparo?
Quedo atento.