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    Integracion Fondo Ahorro

    08 Oct 2008 16:02 #35030 por Veronica A.
    Hola a todos

    Muy buen dia

    Ojala puedan ayudarme y orientarme sobre lo siguiente: tengo entendido que para que el fondo de ahorro no se incluya en la integracion del SDI
    tiene que aportarse en una cantidad igual patron y empleado; pero que sucede cuando algunos de los empleados desean hacer una aportacion adicional, a fin de que al final del periodo tengan una cantidad mayor en el fondo de ahorro? se deben integrar esas aportaciones extras?
    o bien que pasa cuando por necesidades economicas o casos fortuitos deseen retirar dichas aportaciones adicionales que realizaron?

    Agradezco su ayuda y comentarios.

    Saludos. :)

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    08 Oct 2008 17:15 #35035 por Daniel_Gtz
    Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: Integracion Fondo Ahorro
    Hola...

    Art 27 LSS

    II. El ahorro, cuando se integre por un depósito de cantidad semanaria, quincenal o mensual igual del trabajador y de la empresa; si se constituye en forma diversa o puede el trabajador retirarlo más de dos veces al año, integrará salario;....


    A mi entender para que sea no integrable debe ser cantidad igual Patron y Trabajador, sin importar que algunos trabajadores ahorres mas o menos cantidad.

    Por otro lado, si el trabajador decide retirar su fondo de ahorro, no debe de haber problema siempre y cuando no sea mas de dos veces por año.

    Por costumbre en algunas empresas, no se puede retiar el ahorro con la excepcion de ser baja de la misma. Lo que hacen es otorgarle un prestamo por parte de la empresa.

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    08 Oct 2008 17:43 #35040 por uam
    Respuesta de uam sobre el tema Re: Integracion Fondo Ahorro
    Hola a to2.

    Daniel_Gtz escribió:

    Hola...

    Art 27 LSS

    II. El ahorro, cuando se integre por un depósito de cantidad semanaria, quincenal o mensual igual del trabajador y de la empresa; si se constituye en forma diversa o puede el trabajador retirarlo más de dos veces al año, integrará salario;....


    A mi entender para que sea no integrable debe ser cantidad igual Patron y Trabajador," ESTAS EN LO CORRECTO" sin importar que algunos trabajadores ahorres mas o menos cantidad.

    Por otro lado, si el trabajador decide retirar su fondo de ahorro, no debe de haber problema siempre y cuando no sea mas de dos veces por año.

    Por costumbre en algunas empresas, no se puede retiar el ahorro con la excepcion de ser baja de la misma. Lo que hacen es otorgarle un prestamo por parte de la empresa.

    Estoy de acuerdo con tus comentarios Daniel_Gtz

    Otra, No creo, que el patrón permita, que alguien, aporte MAS de lo que le descuenten, si no IMAGINATE, consigo un préstamo y para fin
    de año(que es lo más común que hacen el corte.) lo liquido, ya que
    el patrón me lo va a duplicar.

    NO CREO QUE EL PATRON LO PERMITA.

    En caso de que alguien quiera retirar del fondo de ahorro(que no le conviene)

    Ya que solo va a disponer la cantidad que el trabajador ha, aportado,
    es mejor pedir un préstamo, que es lo mas común.

    Y en caso de que la aportación no sea igual, la diferencia se tendrá que integrar.



    Salu2.

    nada que ver.
    Facebook/uamtz

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    08 Oct 2008 21:16 #35062 por Veronica A.
    Respuesta de Veronica A. sobre el tema Re: Integracion Fondo Ahorro
    Gracias Daniel, Gracias UAM

    Lo que pasa es que habia escuchado de un criterio o jurisprudencia en el mencionaba algo asi como que si la aportacion del patron era igual o inferior a la aportacion del empleado no integraba, caso contrario, si se integraba la diferencia.

    Pero como aun no he logrado ubicar dicho criterio, no se si alguien del foro tenga conocimiento de eso.... o si ya de plano estoy alucinando.


    Ah y tambien aprovecho para hacer la aclaracion de que esas aportaciones extras que haria el empleado, serian solo por su cuenta, obviamente el patron no las duplicaria.

    saludos ;)

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    08 Oct 2008 22:04 #35066 por uam
    Respuesta de uam sobre el tema Re: Integracion Fondo Ahorro
    Hola Veronica A.

    No se si esto es lo que buscas

    INTEGRACIÓN SALARIAL DEL FONDO DE AHORRO
    ACUERDO DEL CONSEJO TÉCNICO DEL IMSS No. 494/93

    "Este Consejo Técnico, con fundamento en los artículos 240 fracciones I, IV y XIII, 252 y 253
    fracción X Bis de la Ley del Seguro Social, con base en la resolución del Comité de Asuntos
    Jurídicos de este Cuerpo Colegiado, contenida en el acta del 12 de agosto de 1993, y con el
    propósito de precisar el contenido y alcance de algunos de los conceptos regulados por el artículo
    32 de la misma Ley, reformado por el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20
    de julio del presente año, acuerda lo siguiente:
    I.- Fondo de ahorro.- La fracción II del artículo 32, establece que cuando el ahorro se integre por un
    depósito de cantidad semanaria, quincenal o mensual, igual del trabajador y de la empresa, no
    integra salario, pero si se constituye en forma diversa o puede el trabajador retirarlo más de dos
    veces al año, integrará salario; cuando el fondo de ahorro se integra mediante aportaciones
    comunes y periódicas, y la correspondiente al patrón sea igual o inferior a la cantidad aportada por
    el trabajador, no constituye salario base de cotización; y si la contribución patronal al fondo de
    ahorro es mayor que la del trabajador, el salario base de cotización se incrementará únicamente en
    la cantidad que exceda a la aportada por el trabajador.
    II.- Hágase del conocimiento de las diversas dependencias del Instituto para que se cumpla
    debidamente y difúndase adecuadamente, a fin de que los patrones y trabajadores tengan un
    conocimiento preciso al respecto".

    En otro tema que contesta gaboaranda que lleva por titulo IMSS SBC Ingresos Variables
    Puso una liga, ahí está un archivo que lo puedes bajar y en la pagina 7 de ese archivo se encuentra
    La parte de fondo de ahorro que se integra y que no. Clic aquí para ir al post

    Salu2.

    nada que ver.
    Facebook/uamtz

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    08 Oct 2008 22:23 #35069 por Saúl Castro Vázquez
    Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: Integracion Fondo Ahorro
    Daniel_Gtz escribió:

    Hola...

    Art 27 LSS

    II. El ahorro, cuando se integre por un depósito de cantidad semanaria, quincenal o mensual igual del trabajador y de la empresa; si se constituye en forma diversa o puede el trabajador retirarlo más de dos veces al año, integrará salario;....


    A mi entender para que sea no integrable debe ser cantidad igual Patron y Trabajador, sin importar que algunos trabajadores ahorres mas o menos cantidad.

    Por otro lado, si el trabajador decide retirar su fondo de ahorro, no debe de haber problema siempre y cuando no sea mas de dos veces por año.

    Por costumbre en algunas empresas, no se puede retiar el ahorro con la excepcion de ser baja de la misma. Lo que hacen es otorgarle un prestamo por parte de la empresa.
    HOLA Daniel:
    Cuál es el fundamento legal que establece que el trabajador pueda retirar su fondo de ahorro siempre y cuando no sea mas de dos veces por año.


    Urge ese fundamente estimado contador.

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    Moderadores: Daniel_GtzLuis
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