Últimas
- Detalles
- Escrito por: www.aportacionesfiscales.com
- Categoría: Últimas
- Visitas: 3732

Si bien la fecha límite para presentar la DART (Declaración Anual de Riesgos de Trabajo) fue el 28 de febrero, su uso y vigencia propiamente hablando la tenemos a partir de las cuotas a pagar correspondientes al mes de marzo. Realizada la determinación y por supuesto la presentación de la nueva prima aplicable, no debemos olvidar capturar/actualizar dicho dato en el SUA (Sistema Único de Autodeterminación), todo para efectos de que las cuotas determinadas sean correctas.
Los pasos a seguir para ello en el SUA son los siguientes:
- Detalles
- Escrito por: www.aportacionesfiscales.com
- Categoría: Últimas
- Visitas: 4420

El 1 de abril de 2019 se dio a conocer por parte del SAT la versión anticipada de la Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2018, destaca dentro del contenido difundido la regla que regula lo relativo a lo que coloquialmente se conoce como “Devoluciones automáticas de saldos a favor de ISR en personas físicas”
¿Hasta qué monto va a operar la devolución automática?
Leer más: Sistema Automático de Devoluciones, Personas Físicas, ISR Anual ejercicio 2018.
- Detalles
- Escrito por: www.aportacionesfiscales.com
- Categoría: Últimas
- Visitas: 5747

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32-H del CFF los contribuyentes están obligados a presentar la información sobre su situación fiscal (DISIF) si se ubican en alguno de los siguientes supuestos (fracciones);
- Personas morales que tributen en el título II de la LISR que en su que su declaración anual normal hubiesen reportado ingresos acumulables para efectos de ISR iguales o superiores a 791’501,760.00 millones de pesos (monto vigente a partir del 01/01/2019, ver Anexo 5 RMF 2018 publicado en DOF 24/12/2018), así como los contribuyentes que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior coticen sus acciones entre el gran público inversionista por medio de la bolsa de valores.
- Sociedades mercantiles que pertenezcan al régimen fiscal opcional (Título II, Capítulo VI de LISR) para grupos de sociedades.
- Entidades paraestatales de la administración pública federal.
- Persona moral residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, solo por las actividades de dichos establecimientos, y
- Cualquier persona moral residente en México, respecto de las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.
Leer más: 32H, 2.19.4, DISIF o no DISIF, esa es la cuestión.
- Detalles
- Escrito por: www.aportacionesfiscales.com
- Categoría: Últimas
- Visitas: 3032
Si eres contribuyente persona física con ingresos por arrendamiento, es decir, Título IV, Capítulo III de LISR, mas vale que te vayas preparando, no importa si aplicas deducción ciega/opcional o llevas contabilidad, el SAT está avisando y lo mejor es irse preparando, ¿Estás preparado?
Leer más: Arrendadores, adiós a “mis cuentas”, bienvenidos a “Mi Contabilidad”
- Detalles
- Escrito por: www.aportacionesfiscales.com
- Categoría: Últimas
- Visitas: 2376

Aquí tu resumen de publicaciones relevantes en el periodo del 09/02/2019 al 12/03/2019, esperando sea de tu agrado y/o utilidad, recuerda si tienes alguna noticia que consideres debe ser compartida la puedes hacer llegar a los correos
Publicaciones y notas relevantes del 09/02/2019 al 12/03/2019.
Leer más: Publicaciones y notas relevantes del 09/02/2019 al 08/03/2019.
- Detalles
- Escrito por: CP Enrique Corona Mendoza
- Categoría: Últimas
- Visitas: 11657

En fechas recientes el Servicio de Administración Tributaria estuvo enviando a los patrones cartas invitación donde les informaba que había detectado que no habían efectuado el cálculo anual de sus trabajadores, por lo cual los invitaba a realizarlo. Ante tal situación muchos contribuyentes recordaron que ESTABAN OBLIGADOS a realizar dicho calculo. Por tal motivo en este artículo analizamos las disposiciones legales que hablan al respecto, así como los caminos a seguir con el resultado obtenido, sea impuesto a cargo o impuesto a favor del trabajador.
OBLIGACION DE LEY
Leer más: El ajuste anual de ISR para ingresos por salarios.
- Detalles
- Escrito por: Consejo Editorial de www.aportacionesfiscales.com
- Categoría: Últimas
- Visitas: 8532
El formato o machote de conciliación de resultado contable-fiscal que se incluye en la declaración anual de personas morales no debe ser visto como “un requisito más”, en realidad constituye una herramienta de utilidad para determinar y/o corroborar el resultado fiscal, todo mediante la suma y resta al resultado contable de una serie de conceptos o rubros que nos conviene conocer y tener claros incluso antes de iniciar el llenado de la declaración misma.
Quizá durante años has integrado la conciliación de resultados en forma casi mecánica aplicando el siguiente procedimiento:
- Detalles
- Escrito por: CP Enrique Corona Mendoza
- Categoría: Últimas
- Visitas: 5441

Con fecha 21 de febrero de 2019 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación las tan esperadas Facilidades Administrativas para diversos sectores correspondientes al ejercicio 2019. Las mismas incluyen diversos beneficios para el sector primario y autotransporte para poder deducir sus erogaciones con requisitos menores a los Ley y otras reglas que ayudan a estos sectores a minimizar su carga administrativa, veamos algunas de las reglas más importantes.
¿Quiénes pueden aplicar las llamadas Facilidades Administrativas?
- Detalles
- Escrito por: CP Efrain Ortiz Pérez
- Categoría: Últimas
- Visitas: 14804
Dando continuidad al tema del Coeficiente de utilidad que se emplea para pagos provisionales tenemos lo siguiente:
¿Cuántas fracciones y porque?, el coeficiente de utilidad se utiliza con hasta cuatro cifras después del punto decimal, el fundamento lo tenemos en el RLISR, a saber:
Leer más: El coeficiente de utilidad en los pagos provisionales del ISR, Parte II.
- Detalles
- Escrito por: CP Efrain Ortiz Pérez
- Categoría: Últimas
- Visitas: 6159

Como todos los contribuyentes; las personas morales tienen la obligación de pagar impuestos, entre los que se encuentra el Impuesto Sobre la Renta. El ISR del ejercicio se paga mediante declaración presentada, dentro de los 3 meses siguientes a la fecha en la que termine el ejercicio fiscal.
Ahora bien y dado que la obligación es anual; es necesario que los contribuyentes efectúen pagos periódicos a cuenta del ejercicio; sin embargo, resultaría imposible que se determine un impuesto mensual, del mismo modo que se calcula el impuesto del ejercicio, pues la mayoría de sus componentes requieren de cumplirse algunas condiciones que causarían trabajo excesivo y materialmente imposible de efectuar mes con mes (pérdidas fiscales, emisión y recepción de CFDI, etc.).
Para remediar esto; se efectúan pagos mensuales determinando una utilidad estimada mediante la aplicación de un “coeficiente” que estima la utilidad base del periodo. Si bien somos conscientes de que el ISR de las personas morales se causa por ejercicio, igualmente lo debemos ser de la necesidad que el fisco tiene de recibir recursos en forma anticipada, esa fuente de financiamiento es la que da razón de ser a los pagos provisionales del ISR, algunos cuestionan la legalidad de tener que determinarlos en base a un coeficiente de utilidad, sobre el particular nos permitimos señalar el siguiente antecedente;
Leer más: El coeficiente de utilidad en los pagos provisionales del ISR. Parte I.
- Detalles
- Escrito por: CP Enrique Corona Mendoza
- Categoría: Últimas
- Visitas: 17105

Un pago anticipado es definido como un ACTIVO derivado de pagos efectuados en EFECTIVO o equivalentes con la finalidad de asegurar el abastecimiento de bienes, servicios u otros beneficios que se van a recibir en el curso normal de las operaciones futuras de la entidad (Glosario NIF).
Las reglas para proceder o no a la deducción fiscal de estas partidas son distintas según se trate de personas físicas o personas morales, para saber que aplica a unas y que a otras se debe realizar un análisis de cada caso particular y así tomar la mejor decisión, partiendo de ello tenemos lo siguiente:
Leer más: Los pagos anticipados a proveedores ¿Deducibles o no?
- Detalles
- Escrito por: CP Enrique Corona Mendoza
- Categoría: Últimas
- Visitas: 2713

En los últimos días del año 2018 en el Estado de Michoacán, los legisladores locales y el Gobernador nos dieron una enorme sorpresa al aprobar y publicar en el Periódico Oficial del estado una nueva Ley de Hacienda del Estado de Michoacán y dentro de la misma descubrimos el nacimiento de NUEVOS IMPUESTOS estatales, los cuales eran los siguientes:
Leer más: Muy cerca el fin de los impuestos… Cedulares y Notariales en el Estado de Michoacán.
- Detalles
- Escrito por: www.aportacionesfiscales.com
- Categoría: Últimas
- Visitas: 2852

Sabemos que por más que procuramos estar al tanto de lo que se publica y se dice, algo puede llegar a pasarnos de noche, no te preocupes, el Consejo Editorial de www.aportacionesfiscales.com te proporcionara un resumen periódico de publicaciones y notas relevantes, si tienes alguna noticia que consideres debe ser compartida la puedes hacer llegar a los correos
Publicaciones y notas relevantes del 02/01/2019 al 08/02/2019.
Leer más: Publicaciones y notas relevantes del 02/01/2019 al 08/02/2019.