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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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DUDA CONTABLE
- RESPLANDOR1
- Fuera de línea
- Expert Boarder
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Buen dia.
Tampoco aplicaria la retencion hasta pagarla.
MAYO:
GASTOS
IVA POR ACREDITAR
PROVEEDORES
JUNIO
PROVEEDORES
IVA ACREDITABLE
VS RET. FLETES
VS BANCOS
P.D. SALUDOS SAUL...
\"En la vida solo tienes dos decisiones... TU DECIDES...\"
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- Smarin
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\" El retenedor efectuará la retención del impuesto en el momento en el que pague el precio o la contraprestación y sobre el monto efectivamente pagado y lo enterará mediante declaración en las oficinas aoutorizadas\".
y el artículo 5 Fracción IV que a la letra dice:
\"IV.- Que tratándose del impuesto al valor agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1 A de esta Ley, dicha retención se entere en los términos y plazos establecidos en la misma, con excepción de lo previsto en la fracción IV de dicho artículo. El impuesto retenido y enterado, podrá ser acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención.
Esto ultimo complica enomermente la famosa declaración informativa de proveedores ya que las bases no concuerdan con los acreditamientos y esa ha sido mi pregunta a las autoridades para efectos de la presentación de esta declaración y no he tenido una respuesta clara sobre el aspecto:dry:
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- CPHugoocejo
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en mayo tengo la factura...( es la provision)
gasto 1000
iva por acreditar 150
ret de iva al 4% 40
provedor 1110
y cuando pago la factura..en junio
provedor 1110
iva acreditable 150
iva por acreditar 150
bancos 1110
y como quedaria el asiento...( despues de haber cancelado las demas cuentas )
gasto 1000
iva acreditable 150
ret de iva al 4% 40
bancos 1110
respeto las opiniones de los colegas, pero hay que recordar que no debemos confundir lo contable con lo fiscal, y si nos vamos en sentido estricto la retencion la puedo hasta pagar cuando se cobre el precio ....O.....la contraprestacion....en el momento de tener yo la factura, no necesariamente cuando cuando le pague al proveedor...( penultimo parrafo del art 1B LIVA )
saludos
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- Smarin
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Gastos por Fletes 1000
Iva Pend de Acred 150
Proveedores 1150
Es la provisión de Mayo
Proveedores 1150
Bancos 1110
IVA Retenido 40
pago en el mes de Junio
Si el cheque aparece en ese mes puedo acreditar el 11 % de conformidad con lo establecido en artículo 5 fracción IV
Iva acreditable 110
Iva Pendiente de acreditar 110
Si no aparece el cobro de este cheque solamente lo podria acreditar hasta que aparezca en mi estado de cuenta.
En julio pago la retencion
Iva Retenido 40
Bancos 40
En agosto (mes siguiente de conformidad con el articulo 5 fracción IV
Iva acreditable 40
Iva pendiente de acreditar 40
Cordiales saludos:whistle:
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- Saúl Castro Vázquez
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en mi opinion es asi...
en mayo tengo la factura...( es la provision)
gasto 1000
iva por acreditar 150
ret de iva al 4% 40
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y cuando pago la factura..en junio
provedor 1110
iva acreditable 150
iva por acreditar 150
bancos 1110
y como quedaria el asiento...( despues de haber cancelado las demas cuentas )
gasto 1000
iva acreditable 150
ret de iva al 4% 40
bancos 1110
respeto las opiniones de los colegas, pero hay que recordar que no debemos confundir lo contable con lo fiscal, y si nos vamos en sentido estricto la retencion la puedo hasta pagar cuando se cobre el precio ....O.....la contraprestacion....en el momento de tener yo la factura, no necesariamente cuando cuando le pague al proveedor...( penultimo parrafo del art 1B LIVA )
saludos
HOLA-: Mi estimado y fino amigo HUGO OCEJO FLORES,estoy de acuerdo contigo.
Fijate que si nos damos cuenta en muchos casos la contabilidad no está completa, ejemplo el caso concreto.
Saludos
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un saludo desde aqui hasta Orizaba, Veracruz.
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