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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Momento de acumulacion
- Rayafama
- Fuera de línea
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saludos
No se que diera por tenerla ahora mismo, mirando por encima de mi hombro lo que escribo,
Con ella descubrí que hay AMORES ETERNOS.
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- karinam_39
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nop, si eres una persona moral de regimen general de ley, tendra que acumular tu ingresos desde el momento en que facturas y hasta por el total de esta para efectos del ISR y para el IVA tomas como base solamente lo que ya fue cobrado.
saludos
entonces aunque cobre anticipos no lo tomo para efectos ni de ISR ni de IVA
digo en mi ejemplo no he facturado aun
Gracias
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- ANDY
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PARA ISR ES DESDE EL MOMENTO DE FACTURACION
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- karinam_39
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PARA IVA ES LO EFECTIVAMENTE COBRADO EN EL MES
PARA ISR ES DESDE EL MOMENTO DE FACTURACION
Entonces IVA si le desploso al anticipo y el para efectos de ISR hasta facture... muchas gracias:(
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Saludos
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- karinam_39
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Muchas gracias Ramiro, entonces si yo se cuanto es la facturacion se acumula, obviamente sobre esa cantidad se descontaria el IVALa interpretacion que le doy al art 18 es que si ya sabes el monto de la contraprestacion y a esa contraprestacion le haces anticipos, entonces estos anticipos serian acumulables, por citar un ejemplo se va a vender la mercancia y si ya se pacto la cantidad y el precio pues entonces estos anticipos serian acumulables aunque no exista factura de por medio.
Saludos
Cierto?
Muy amable
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