- Mensajes: 211
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
Son deducibles?
- cassal
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Estoy preparando la Anual del 2007 de una PM, tengo varios facturas (gastos) provisionados no pagados algunos son de PF y otros de PM:
Materiales
IVA
(VS) Proveedores
El iva ´pues por el momento no sería acreditable....el gasto es DEDUCIBLE Fiscalmente?
Y lo del imss e infonavit correspondiente a Diciembre y 6 bim del 2007 que los tengo registrado a gastos y todavía al 31 de Diciembre del 2007 no estan pagado SON DEDUCIBLES FISCALMETE?
De antemano gracias
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- sosgtorreon
- Fuera de línea
- Administrator
-
- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
- Mensajes: 6964
- Gracias recibidas: 0
Pasivos con persona fisica, deduccion contable no fiscal, partiada a considerar en conciliacion.
Al IMSS/RCV/INFONAVIT dale consideracion de pasivo con persona moral.
Cuando en contabilidad digo deduccion en realidad debe entenderse como costo o gasto.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- fvillareal
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
- Mensajes: 121
- Gracias recibidas: 0
Saludos
Pues puedes utilizar la \\"autofacturación\\"; busca su regulación en el capítulo 2.5 de la Resolución Miscelánea vigente.
Saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- cassal
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
- Mensajes: 211
- Gracias recibidas: 0
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Saúl Castro Vázquez
- Fresh Boarder
-
- Gracias recibidas: 0
HOLA:Las cuotas al IMSS/RCV/INFONAVIT, las deduces hasta el momento del pago; el fundamento lo encuentras en el art. 29, fracc. VIII, de la LISR.
Saludos
Para efetos de la pregunta planteada.
Dice ud que el IMSS/RCV/INFONAVIT, se deduce hasta el momento del pago?.
Cuál es el fundamento legal que diga que es deducible hasta el momento del pago?
Gracias
C.P. Saúl Castro Vázquez
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- KENSAKI
- Fuera de línea
- Senior Boarder
-
- Mensajes: 47
- Gracias recibidas: 0
Esa esta buena...
El art 29 fracc. VIII dice: "Las cuotas obreras pagadas por los patrones ante el IMSS,..."
Yo siempre reservaba el pasivo y lo deducía, justamente como lo dice sl Sr. Sosgtorreon.
Mi razón para deducirlas es que el 31 de la LISR en su fracción VIII dice:
"Las provisiones para la creación o el incremento de reservas complementarias de activo o de pasivo que se constituyan con un cargo a las adquisiciones o gastos del ejercicio, con excepción de las relacionadas con las gratificaciones a los traajadores correspondientes al ejercicio"
Y en razón de que el IMSS, SAR e INFO es un pasivo, no una provisión, pues lo hacía deducible...
Pero lo que comenta fvillarreal es una situación discutible..
Salu2
Nunca te des por vencido, aún vencido....
Nos podremos salvar del rayo, pero no de la raya...
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.