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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Duda con Servicios

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18 años 1 mes antes #31234 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: Duda con Servicios
PARA EFECTOS FISCALES, COMO YA TE COMENTAN , NO HAY TANTA BRONCA.........PERO DONDE TE SALGA UN CLIENTE "VIVO" Y LE HAGAS UN MAL TRABAJO, TE PUEDE PEGAR CON ESTO

LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 5o. CONSTITUCIONAL, RELATIVO AL EJERCICIO DE LAS
PROFESIONES EN EL DISTRITO FEDERAL


ARTICULO 62.- El hecho de que alguna persona se atribuya el carácter de profesionista sin tener título legal o
ejerza los actos propios de la profesión
, se castigará con la sanción que establece el artículo 250 del Código Penal
vigente, a excepción de los gestores señalados en el artículo 26 de esta Ley.


ARTICULO 63.- Al que ofrezca públicamente sus servicios como profesionista, sin serlo, se le castigará con la
misma sanción que establece el artículo anterior.




CPF

Artículo 250.- Se sancionará con prisión de uno a seis años y multa de cien a trescientos días a
quien:


I.- Al que, sin ser funcionario público, se atribuya ese carácter y ejerza alguna de las funciones de tal;
II.- Al que sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentada,
expedidas por autoridades u organismos legalmente capacitados para ello, conforme a las disposiciones
reglamentarias del artículo 5 constitucional.

a).- Se atribuya el carácter del profesionista

b).- Realice actos propios de una actividad profesional, con excepción de lo previsto en el 3er. párrafo
del artículo 26 de la Ley Reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. Constitucionales.

c).- Ofrezca públicamente sus servicios como profesionista.

d).- Use un título o autorización para ejercer alguna actividad profesional sin tener derecho a ello.

e).- Con objeto de lucrar, se una a profesionistas legalmente autorizados con fines de ejercicio
profesional o administre alguna asociación profesional.

III.- Al extranjero que ejerza una profesión reglamentada sin tener autorización de autoridad
competente o después de vencido el plazo que aquella le hubiere concedido.


SALUDOS Y GRACIAS POR TUS APORTACIONESFISCALES

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18 años 1 mes antes #31268 por velociraptor
Respuesta de velociraptor sobre el tema Re: Duda con Servicios
EN Sí ESO NO LO QUICE DECIR LOBOZAC, PERO QUE BUENO QUE LO MENCIONAS PORQUE NO LO SABíA, LO QUE QUISE DECIR ES POR EJEMPLO, SI EN UN DESPACHO EL CONTADOR NO PUEDE PEDIR A SUS AUXILIARES QUE LE ENTREGUEN RECIBO O FACTURA, PUESTO QUE SE ENTIENDE QUE HAY SUBORDINACION Y TENDRIAN QUE ESTAR EN EL REGIMEN DE ASALARIADOS., NI SI QUIERA PUEDEN ENTRAR EN ASIMILADOS...


ESTO ES LO BUENO DE LOS FOROS, QUE SIEMPRE SE VEN PUNTOS DE VISTA DIFERENTE, Y ES FACTIBLE CAMBIAR DE OPINION

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18 años 1 mes antes #31319 por nedzi
Respuesta de nedzi sobre el tema Re: Duda con Servicios
Excelente muchas gracias yo no sabia varias cosas que mencionan

:)

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18 años 1 mes antes #31322 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: Duda con Servicios
GRACIAS A USTEDES POR PARTICIPAR Y permitirme SERVIRLES


SALUDOS

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18 años 1 mes antes #31339 por enrique9727
Respuesta de enrique9727 sobre el tema Re: Duda con Servicios
Lo que entiendo por la pregunta que un servicio independiente lo podria o no ejercer un profesionista. Mas sin embargo, para ejercer el regimen fiscal por honorarios para efectos de ISR, es impresindible que un profesionista ejerza el servicio, de lo contrario seria una actividad empresarial la ejercida.

La aclararcion de profesionista ya fue aclarado ampliamente.

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