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¿Es deducible al 100% compra de Pick Up en Efvo?
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18 años 1 mes antes #31144
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: ¿Es deducible al 100% compra de Pick Up en Efvo?
rep, continuo esperando la aclaracion, te veo conectado
saludos
saludos
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18 años 1 mes antes #31145
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: ¿Es deducible al 100% compra de Pick Up en Efvo?
este es el topico donde verti MI OPINION..pueden verificarla
saludos
Re: Pago a través de terceros ¿es condicionante? 3 Semanas, 6 Dias antes Karma: 13
BR1 escribió:
QUOTE:
Qué tal, buenas tardes.
Tengo la siguiente duda, respecto al caso de pago a través de terceros
Un contribuyente pagará vía transferencia electrónica a un tercero, gastos que dicho tercero realizó a nombre del contribuyente.
Para que sea deducible la erogación ¿ese tercero debió haber pagado con cheque ó transferencia electrónica de fondos al proveedor del servicio o no importa que ese "tercero" haya realizado el pago en efectivo?
NOTA: la factura contiene los datos fiscales del contribuyente que recibió el servicio.
Gracias por sus comentarios.
VEAMOS SEMANTICA Y HERMENEUTICAMENTE EL ARTICULO
RLISR 2008
Artículo 35. Cuando el contribuyente efectúe erogaciones a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje, deberá expedir cheques nominativos a favor de éste ........ "ESTE", ES EL TERCERO......(o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos ....... "ESTOS", O SEA LOS PAGOS......deberán estar amparados con documentación que reúna los requisitos del artículo 31, fracción III de la Ley.
ENTONCES MIENTRAS EL REQUISITO SINE QUA NON SE CUMPLA.....EL TERCERO, SACA LA LANA DE DONDE SE LA HAYAN DEPOSITADO O CAMBIA EL CHEQUE ...Y PAGA EN EFECTIVO
SALUDOS Y GRACIAS POR TUS APORTACIONESFISCALES Attencion, aun que no se ve el boardcode y los smileys lo puedes usar todavía
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íšltima modificación: 03-07-2008 15:36:01 Por LOBOZAC.
saludos
Re: Pago a través de terceros ¿es condicionante? 3 Semanas, 6 Dias antes Karma: 13
BR1 escribió:
QUOTE:
Qué tal, buenas tardes.
Tengo la siguiente duda, respecto al caso de pago a través de terceros
Un contribuyente pagará vía transferencia electrónica a un tercero, gastos que dicho tercero realizó a nombre del contribuyente.
Para que sea deducible la erogación ¿ese tercero debió haber pagado con cheque ó transferencia electrónica de fondos al proveedor del servicio o no importa que ese "tercero" haya realizado el pago en efectivo?
NOTA: la factura contiene los datos fiscales del contribuyente que recibió el servicio.
Gracias por sus comentarios.
VEAMOS SEMANTICA Y HERMENEUTICAMENTE EL ARTICULO
RLISR 2008
Artículo 35. Cuando el contribuyente efectúe erogaciones a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje, deberá expedir cheques nominativos a favor de éste ........ "ESTE", ES EL TERCERO......(o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos ....... "ESTOS", O SEA LOS PAGOS......deberán estar amparados con documentación que reúna los requisitos del artículo 31, fracción III de la Ley.
ENTONCES MIENTRAS EL REQUISITO SINE QUA NON SE CUMPLA.....EL TERCERO, SACA LA LANA DE DONDE SE LA HAYAN DEPOSITADO O CAMBIA EL CHEQUE ...Y PAGA EN EFECTIVO
SALUDOS Y GRACIAS POR TUS APORTACIONESFISCALES Attencion, aun que no se ve el boardcode y los smileys lo puedes usar todavía
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íšltima modificación: 03-07-2008 15:36:01 Por LOBOZAC.
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18 años 1 mes antes - 18 años 1 mes antes #31146
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: ¿Es deducible al 100% compra de Pick Up en Efv
y aqui la liga con la informacion completa
www.aportacionesfiscales.com/component/o...ew/id,29777/catid,2/
pueden sombrear de derecha a izquierda y con ctrl c "copian".........y cn ctrl v " pegan", en la "direccion " para abrir paginas
saludos
www.aportacionesfiscales.com/component/o...ew/id,29777/catid,2/
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saludos
Última Edición: 18 años 1 mes antes por LOBOZAC.
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18 años 1 mes antes #31147
por REP
€L §åbïø Nø ÐïÇ€ Lø qu€ §åb€, €L N€Çïø Nø §åb€ Lø qu€ ÐïÇ€.
Respuesta de REP sobre el tema Re: ¿Es deducible al 100% compra de Pick Up en Efv
Ah!! disculpa estaba revisando el criterio del SAT, pero efectivamente este analisis no es de mi autoría, me lo hicieron llegar unos colegas por mail; pero en la red no se si ya lo había visto hace tiempo, pero mi duda estriba en si era autoria del CPhugoocejo, pero si es de Usted mi estimado lobozac, ahi tiene mi fe de errata y le reitero mis respetos.
Y aprovecho para insertar el criterio del SAT vigente:
**** Cuando se utilicen medios de pago distintos del cheque, ¿el titular de los mismos debe ser el contribuyente o puede ser un tercero?
El segundo párrafo del Artículo 31 fr. III de la LISR sólo especifica que el cheque nominativo deberá ser del contribuyente; sin embargo, a través del Artículo 35 del Reglamento del Ley del Impuesto sobre la Renta se regulan las erogaciones a través de un tercero, en cuyo caso los fondos necesarios se deben entregar a éste expidiendo cheques nominativos a su favor o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa.
Por lo anterior, los medios de pago adicionales distintos al cheque, podrán ser del contribuyente o del tercero que realice los pagos por su cuenta, siempre que estén amparados con la documentación que reúna los requisitos del propio Artículo 31 fr. III de la LISR.
Fundamento legal: Artículo 31 fracción III segundo párrafo LISR y artículo 35 de RISR.
Liga www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/...tines/33_7240.html#4
Saludos!!
REP
Y aprovecho para insertar el criterio del SAT vigente:
**** Cuando se utilicen medios de pago distintos del cheque, ¿el titular de los mismos debe ser el contribuyente o puede ser un tercero?
El segundo párrafo del Artículo 31 fr. III de la LISR sólo especifica que el cheque nominativo deberá ser del contribuyente; sin embargo, a través del Artículo 35 del Reglamento del Ley del Impuesto sobre la Renta se regulan las erogaciones a través de un tercero, en cuyo caso los fondos necesarios se deben entregar a éste expidiendo cheques nominativos a su favor o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa.
Por lo anterior, los medios de pago adicionales distintos al cheque, podrán ser del contribuyente o del tercero que realice los pagos por su cuenta, siempre que estén amparados con la documentación que reúna los requisitos del propio Artículo 31 fr. III de la LISR.
Fundamento legal: Artículo 31 fracción III segundo párrafo LISR y artículo 35 de RISR.
Liga www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/...tines/33_7240.html#4
Saludos!!
REP
€L §åbïø Nø ÐïÇ€ Lø qu€ §åb€, €L N€Çïø Nø §åb€ Lø qu€ ÐïÇ€.
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18 años 1 mes antes #31148
por contadorg
Respuesta de contadorg sobre el tema Re: ¿Es deducible al 100% compra de Pick Up en Efvo?
Partiendo de la circunstancia de que el artículo 31 establece en su fracción III dos requisitos que deben cumplirse RESPECTO DE DEDUCCIONES, en mi opinión, aplicando la figura de pagos a través de terceros, si resulta deducible la adquisición del vehículo que tanta polémica a despertado.
Para explicar mejor lo anterior se debe tener en cuenta que la fracción en comento señala:
Que LA DEDUCCION, debe estar soportada con COMPROBANTES que reúnan los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal Federal (impresos en establecimientos......................... contener impreso el nombre........................... etc.).
También establece que el PAGO DE LA DEDUCCION debe ser realizado en las formas por la misma establecida, cuando su monto exceda a la cantidad de 2,000.00 (cheque nominativo......... tarjetas........ etc.).
A su vez el Artículo 35 de Reglamento de Renta establece:
Que quien pretenda deducir, deberá expedir cheque nominativo a favor del tercero que realiza el gasto, sin señalar el m omento en que debe hacerlo (antes o después de la erogación)
Que el tercero deberá comprobar las erogaciones que realice por cuenta de quien pretende deducir, valga al redundancia, mediante COMPROBANTE que reúna los requisitos para estos establecidos en el artículo 31, fracción III.
Además, lo más importante, no establece obligación de que EL PAGO de la DEDUCCIÓN se realice a través de los medios que señala la fracción III del artículo 31.
Artículo 35
Cuando el contribuyente (que pretende deducir) efectúe erogaciones a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje, deberá expedir cheques nominativos a favor de éste (tercero) o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, y cuando dicho tercero realice PAGOS por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar AMPARADOS CON DOCUMENTACIÓN QUE REÚNA LOS REQUISITOS DEL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN III DE LA LEY.
Lo que nos lleva de vuelta a la fracción que todos conocemos, respecto de que establece los requisitos que deben contener (reunir) LOS COMPROBANTES más no hace referencia a que los PAGOS deban cumplir con los requisitos que para este establece la misma fracción.
Por lo tanto, repito, mi opinión es que la inversión si resulta deducible mediante la figura de a través de terceros.
Sin embargo, también en mi opinión, lo verdaderamente importante de la situación en análisis es la pregunta:
¿La persona física que realiza la erogación se encuentra en posibilidades de poder demostrar la procedencia del efectivo?
Se debe atender a que, en caso de que no pueda demostrar la procedencia del efectivo, la autoridad fiscal se ubica en el supuesto de establecer ingresos fictos en términos del artículo 107 de Renta ya, que en tal caso, se presentaría una discrepancia fiscal.
Y, finalmente, preguntaría:
¿Cuenta la sociedad con recursos para expedir el cheque a favor de la persona física, a fin de redondear la figura de erogaciones a través de terceros?
Para explicar mejor lo anterior se debe tener en cuenta que la fracción en comento señala:
Que LA DEDUCCION, debe estar soportada con COMPROBANTES que reúnan los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal Federal (impresos en establecimientos......................... contener impreso el nombre........................... etc.).
También establece que el PAGO DE LA DEDUCCION debe ser realizado en las formas por la misma establecida, cuando su monto exceda a la cantidad de 2,000.00 (cheque nominativo......... tarjetas........ etc.).
A su vez el Artículo 35 de Reglamento de Renta establece:
Que quien pretenda deducir, deberá expedir cheque nominativo a favor del tercero que realiza el gasto, sin señalar el m omento en que debe hacerlo (antes o después de la erogación)
Que el tercero deberá comprobar las erogaciones que realice por cuenta de quien pretende deducir, valga al redundancia, mediante COMPROBANTE que reúna los requisitos para estos establecidos en el artículo 31, fracción III.
Además, lo más importante, no establece obligación de que EL PAGO de la DEDUCCIÓN se realice a través de los medios que señala la fracción III del artículo 31.
Artículo 35
Cuando el contribuyente (que pretende deducir) efectúe erogaciones a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje, deberá expedir cheques nominativos a favor de éste (tercero) o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, y cuando dicho tercero realice PAGOS por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar AMPARADOS CON DOCUMENTACIÓN QUE REÚNA LOS REQUISITOS DEL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN III DE LA LEY.
Lo que nos lleva de vuelta a la fracción que todos conocemos, respecto de que establece los requisitos que deben contener (reunir) LOS COMPROBANTES más no hace referencia a que los PAGOS deban cumplir con los requisitos que para este establece la misma fracción.
Por lo tanto, repito, mi opinión es que la inversión si resulta deducible mediante la figura de a través de terceros.
Sin embargo, también en mi opinión, lo verdaderamente importante de la situación en análisis es la pregunta:
¿La persona física que realiza la erogación se encuentra en posibilidades de poder demostrar la procedencia del efectivo?
Se debe atender a que, en caso de que no pueda demostrar la procedencia del efectivo, la autoridad fiscal se ubica en el supuesto de establecer ingresos fictos en términos del artículo 107 de Renta ya, que en tal caso, se presentaría una discrepancia fiscal.
Y, finalmente, preguntaría:
¿Cuenta la sociedad con recursos para expedir el cheque a favor de la persona física, a fin de redondear la figura de erogaciones a través de terceros?
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18 años 1 mes antes #31149
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: ¿Es deducible al 100% compra de Pick Up en Efvo?
vaya pues, es satisfactorio que los "colegas" "me traigan" en la red...ojala que "me citen"..tambien es satisfactorio
aceptada tu disculpa........y si suena congruente el criterio, ese tercero de entrada podra recibir el cheque del contribuyente o el traspaso de cuenta
saludos
aceptada tu disculpa........y si suena congruente el criterio, ese tercero de entrada podra recibir el cheque del contribuyente o el traspaso de cuenta
saludos
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