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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Vehículo $ 250,000 a crédito ¿que hacer en IETU?
- enrique9727
- Fuera de línea
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La LIETU exige en su art 6, que para ser deduccion autorizada para este impuesto, lo sea para LISR
Entonces la limitacion de la inversion de automoviles le aplica al bien para IETU, no debe dejarse a un lado. A menos que aun sabiendolo, se desee luego impugnarse esta disposicion por transgredir la CPEUM por coartar el postulado de la garantia constitucional de la libertad, pero bueno eso es otro boleto.
Se compra un SOLO VEHICULO, los pagos o la cantidad de ellos es lo de menos, la norma de ISR, marca el limite de 175,000, el excendente seria no deducible, el IVA trasladado en la proporcion correspondiente seria acreditable y para IETU los efectos de deducibilidad en cuanto se dé la figura del pago en la mismma proporcion en cada uno de los pagos
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- BR1
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No se puede dejar a un lado la LISR, ni la del LIVA
La LIETU exige en su art 6, que para ser deduccion autorizada para este impuesto, lo sea para LISR
Entonces la limitacion de la inversion de automoviles le aplica al bien para IETU, no debe dejarse a un lado. A menos que aun sabiendolo, se desee luego impugnarse esta disposicion por transgredir la CPEUM por coartar el postulado de la garantia constitucional de la libertad, pero bueno eso es otro boleto.
Se compra un SOLO VEHICULO, los pagos o la cantidad de ellos es lo de menos, la norma de ISR, marca el limite de 175,000, el excendente seria no deducible, el IVA trasladado en la proporcion correspondiente seria acreditable y para IETU los efectos de deducibilidad en cuanto se dé la figura del pago en la mismma proporcion en cada uno de los pagos
En eso mismo (como diría mi tata) llegan lo de IDC, que no existen las legislación o aclaración por parte de la autoridad.
Un saludo
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- mozart
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No se puede dejar a un lado la LISR, ni la del LIVA
La LIETU exige en su art 6, que para ser deduccion autorizada para este impuesto, lo sea para LISR
Entonces la limitacion de la inversion de automoviles le aplica al bien para IETU, no debe dejarse a un lado. A menos que aun sabiendolo, se desee luego impugnarse esta disposicion por transgredir la CPEUM por coartar el postulado de la garantia constitucional de la libertad, pero bueno eso es otro boleto.
Se compra un SOLO VEHICULO, los pagos o la cantidad de ellos es lo de menos, la norma de ISR, marca el limite de 175,000, el excendente seria no deducible, el IVA trasladado en la proporcion correspondiente seria acreditable y para IETU los efectos de deducibilidad en cuanto se dé la figura del pago en la mismma proporcion en cada uno de los pagos
IETU...
Como parte de la reforma Integral de la S. de Hacienda SE APROBO el impuesto empresarial a tasa unica, como UN INSTRMUMENTO TRIBUTARIO flexible, neutral y competitivo, con el objeto de obtener mayores recursos...
Que el impuesto empresaria a tasa unica INCENTIVA LA INVERSION, YA QUE PERMITE LA DEDUCCCION TOTAL DE LAS INVERSIONES DE BIENES DE CAPITAL DE LAS EMPRESAS, COMO TERRENOS Y ACTIVOS FIJOS......
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- mozart
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No se puede dejar a un lado la LISR, ni la del LIVA
La LIETU exige en su art 6, que para ser deduccion autorizada para este impuesto, lo sea para LISR
Entonces la limitacion de la inversion de automoviles le aplica al bien para IETU, no debe dejarse a un lado. A menos que aun sabiendolo, se desee luego impugnarse esta disposicion por transgredir la CPEUM por coartar el postulado de la garantia constitucional de la libertad, pero bueno eso es otro boleto.
Se compra un SOLO VEHICULO, los pagos o la cantidad de ellos es lo de menos, la norma de ISR, marca el limite de 175,000, el excendente seria no deducible, el IVA trasladado en la proporcion correspondiente seria acreditable y para IETU los efectos de deducibilidad en cuanto se dé la figura del pago en la mismma proporcion en cada uno de los pagos
IETU...
Como parte de la reforma Integral de la S. de Hacienda SE APROBO el impuesto empresarial a tasa unica, como UN INSTRMUMENTO TRIBUTARIO flexible, neutral y competitivo, con el objeto de obtener mayores recursos...
Que el impuesto empresaria a tasa unica INCENTIVA LA INVERSION, YA QUE PERMITE LA DEDUCCCION TOTAL DE LAS INVERSIONES DE BIENES DE CAPITAL DE LAS EMPRESAS, COMO TERRENOS Y ACTIVOS FIJOS......
entonces....
para deducir un activo que se necesita ???
1.-PARA ISR
- art 37 CFF.- aqui menciona las reglas mediante el proceso de las DEPRECIACIONES.. y para ello se NECESITA QUE EL MOI COMPRENDA, ADEMAS DEL PRECIO, LOS IMPUESTOS EFECTIVAMENTE PAGADOS CON MOTIVO DE LA ADQUISICION..... aqui es claro el ordenamiento... DEBES DE SER PAGADO EN SU TOTALIDAD,.. sinonimo de CAPITALIZACION AL 100 %...
en lo particular en nuestra contabilidad financiera hasta el monento de su CAPITALIZACION AL 100%.. se procede de manera financiera como fiscal...
2.- PARA IETU..
- art ya mecionados ( art 5 y art 6 del IETU )..
aqui se cumple con ambas partes de la reforma integral emitida.....
referente a los papeles de trabajo... aqui a dios gracias, se trabaja con el SAP,, y en sus modulos administrativos se CREO uno para efectos del IETU.... esto es... se debe de entregar financieros para isr y financieros para ietu ( meramente efecto de flujo con ciertas escalatorias )..
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