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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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18 años 2 semanas antes #32678 por Bumblebee
Se me presento el siguiente caso:

Srita Mexicana que vive en el extranjero, trabaja en Paraguay de comisionista, con las actividades de:

Comercio Exterior, Venta de commodities. Grano de soja, Minerales, Crudo, etc.

Obviamente los ingresos son de origen extranjero, ya que esta empresa le paga a esta señorita através de transferencia bancaria a una cuenta en México, es decir; las formas de pago de comisiones es via transferencia bancaria fuera de México a México.

La preguntas son:

1.-¿Debe darse alta ante hacienda mexico, por obtener ingresos fuera del pais con destino a México?

En mi opinión Si, de acuerdo a lo que dice el art. 27 del CFF párrafo 6

2.-¿Gravaria IVA?

Que opinan,la actividad la desarrolla en otro pais, y le pagan en ese pais, pero el dinero llega a Mexico

Que opinan, alguna situación similar?

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18 años 2 semanas antes - 18 años 2 semanas antes #32681 por LOBOZAC
18 visitas ..........nula respuesta, quiza los compañeros tengan flojera de buscar "residentes en Mexico o en el extranjero " en codigo art 9 y correativos ademas de lisr art I fr I, ....Y LIVA, ETC....tambien me da flojera......pero te ayudo con eso para que le estudies un poco y compartas tus apreciaciones........asi aprendemos todos


saludos y gracias por tus aportacionesfiscales
Última Edición: 18 años 2 semanas antes por LOBOZAC.

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18 años 2 semanas antes #32691 por Valvaro
Pos de entrada descarta el IVA
Art 1ro "...que en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:
I
II Presten servicios independientes
III etc...

Saludos!

Vendo AMEROS baratos o cambio por PEJEBONOS!!!

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18 años 2 semanas antes - 18 años 2 semanas antes #32763 por Bumblebee
Estoy de aceurdo que gravaria ISR, IETU y obviamente de su obligacion de inscribirse ante el SAT.
por lo siguiente:

ARTICULO 1o. LAS PERSONAS FISICAS Y LAS MORALES, ESTAN OBLIGADAS AL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN LOS SIGUIENTES CASOS:

I. LAS RESIDENTES EN MEXICO, RESPECTO DE TODOS SUS INGRESOS CUALQUIERA QUE SEA LA UBICACION DE LA FUENTE DE RIQUEZA DE DONDE PROCEDAN.

A final de cuentas, su recidencia esta en México, puesto que de momento solo esta trabajando en otro pais, la fuente de sus riquezas proviene de otro lugar, pero con destino "Mexico", por lo que su recidencia no deja de ser en México, salvo que sus ingresos se quedaran en Paraguay... ¿correcto?...¿que opinan?




Pero del IVA, sabemos que los ingresos por comisiones son gravadas de IVA, la situacion es que la actividad no se realiza en territorio nacional. Que opinan respecto del comentario de "Valvaro", descarto el IVA?

¿El domicilio fiscal será su domicilio en mexico?
Última Edición: 18 años 2 semanas antes por Bumblebee.

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18 años 2 semanas antes #32768 por Edheras
...si su residencia es en Mexico, en mi opinion le es aplicable la tasa cero. LIVA, Art. 29 y 30.

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18 años 2 semanas antes #32769 por sosgtorreon
Sugiero una lectura al 29-IV, d) de LIVA

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