Radio Aportaciones
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

Acreditamiento del IDE

Más
17 años 11 meses antes #34099 por congresista
saludos foristas:

leyendo la regla I .11.23 que textualmente dice:

Opción para personas físicas con actividades empresariales del régimen intermedio de acreditar IDE pagado contra los impuestos pagados a la Federación

I.11.23.Para los efectos de los artículos 7 y 8 de la Ley del IDE, tratándose de personas físicas que tributen bajo el régimen establecido en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, se entenderá que el IDE efectivamente pagado en el ejercicio o, en su caso, en el mes de que se trate, será acreditable solamente contra los impuestos pagados a la Federación en el periodo que corresponda.

se podría acreditar contra IVA, así como tambien contra el IETU?


espero sus comentarios.

atte

el congresista

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
17 años 11 meses antes #34102 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: Acreditamiento del IDE
congresista escribió:

saludos foristas:

leyendo la regla I .11.23 que textualmente dice:

Opción para personas físicas con actividades empresariales del régimen intermedio de acreditar IDE pagado contra los impuestos pagados a la Federación

I.11.23.Para los efectos de los artículos 7 y 8 de la Ley del IDE, tratándose de personas físicas que tributen bajo el régimen establecido en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, se entenderá que el IDE efectivamente pagado en el ejercicio o, en su caso, en el mes de que se trate, será acreditable solamente contra los impuestos pagados a la Federación en el periodo que corresponda.

se podría acreditar contra IVA, así como tambien contra el IETU?


espero sus comentarios.

atte

el congresista



ahi esta la respuesta........

saludos y gracias por tus aportacionesfiscales

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
17 años 11 meses antes #34156 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: Acreditamiento del IDE
congresista escribió:

saludos foristas:

leyendo la regla I .11.23 que textualmente dice:

Opción para personas físicas con actividades empresariales del régimen intermedio de acreditar IDE pagado contra los impuestos pagados a la Federación

I.11.23.Para los efectos de los artículos 7 y 8 de la Ley del IDE, tratándose de personas físicas que tributen bajo el régimen establecido en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, se entenderá que el IDE efectivamente pagado en el ejercicio o, en su caso, en el mes de que se trate, será acreditable solamente contra los impuestos pagados a la Federación en el periodo que corresponda.

se podría acreditar contra IVA, así como tambien contra el IETU?


espero sus comentarios.




dos preguntas...


Cuales son impuestos pagados a la federacion?


podrias compensar el IDE vs el IETU? ( se que me salgo un poco del tema de esta segunda pregunta, pero viene el comentario...)


saludos

atte

el congresista

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
17 años 11 meses antes #34164 por fega
Respuesta de fega sobre el tema Re: Acreditamiento del IDE
Supongo q debe haber un orden para compensar no?

FEGA

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
17 años 11 meses antes - 17 años 11 meses antes #34169 por Bumblebee
Respuesta de Bumblebee sobre el tema Re: Acreditamiento del IDE

Supongo q debe haber un orden para compensar no?



¿supones?

fega escribió:

Nota: El IDE pagado por el contribuyente a través de la recaudación que hacen las instituciones financieras se podrá acreditar (restar) contra el ISR a cargo del contribuyente y en el caso que exista remanente se podrá acreditar contra el ISR retenido a terceros, por lo que en estos dos casos el IDE no se aplica como compensación.



Dale una leida al art 23 del CFF que nos habla de las compensaciones y la regla de la resolución miscelánea para 2008 II.2.2.7.

Saludos!!
Última Edición: 17 años 11 meses antes por Bumblebee.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
17 años 11 meses antes #34192 por rgchavez
Respuesta de rgchavez sobre el tema Re: Acreditamiento del IDE
Si vamos a la pregunta original del compañero congresista, la regla I.11.23 a que se refiere, solamente esta aclarando que los acreditamientos que señalan los articulo 7 y 8 de la ley del IDE, seran aquellos pagados a la Federacion, es decir el ISR propio y retenido a terceros. Lo que se pretende (es mi interpretacion) es señalar que contra el ISR pagado a las Entidades Federativas no se podra acreditar dicho IDE.

Saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.830 segundos
Gracias a Foro Kunena