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REQUERIMIENTO POR SEPOMEX ¿LEGAL?
- Saúl Castro Vázquez
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HOLA:MAS CLARO.. PARA TENERLO EN CUENTA
GRACIAS
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Gracias amigo y saludos
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Pero si algún forista ha tenido ese caso seria bueno que plasmara sus comentarios al respecto
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por el momento no tengo ese caso, pero a mi parecer SI puede ser impugnado una notificacion de SEPOMEX al no reunir los requisitos que marca el art 137 CFF
Pero si algún forista ha tenido ese caso seria bueno que plasmara sus comentarios al respecto
Pues tambien seria bueno que dieras contestacion a lo que te pregunte mi estimado...digo..para cerrar el circulo...
saludos
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Fundamento CRITERIO NORMATIVO DEL SAT 2007 40/2007/CFF
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De acuerdo al criterio normaativo del SAT 2007, para que una notificación de SEPOMEX sea válido, deberá ser notificada directamente al contribuyente o al representante legal, y a falta de este , si hay un departamento donde se designe recibir la correspondencia , sea a ese departamento, de lo contrario, no deberá proceder el requerimiento
Fundamento CRITERIO NORMATIVO DEL SAT 2007 40/2007/CFF
Pues de acuerdo a la jererquia de las leyes, jamas un criterio estara por encima de las misma ley.
saludos
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