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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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RETENCION IDE

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17 años 9 meses antes #36997 por CPMoreno
Respuesta de CPMoreno sobre el tema Re: RETENCION IDE
kyko escribió:

EL BANCO ME REALIZO EL CARGO DEL IDE DE OCTUBRE EL 05 DE NOVIEMBRE, PUEDO ACREDITAR EL IDE EN EL PAGO PROVISIONAL DE OCTUBRE 2008?


Hola KYKO ¿Cual es tu interpretacion del Art 9 LIDE?
¿Se pudiera aplicar en tu caso?

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17 años 9 meses antes #36998 por CPMoreno
Respuesta de CPMoreno sobre el tema Re: RETENCION IDE
ernye escribió:

pues entonces ide perdido, ya que si lo acrdedito contra isr de todas maneras paga mas de IETU pasa lo que con el Subsidio para el Empleo no es asi.Las personas morales todavia pueden aprovecharlo por las retenciones. que listillos estos del sat

PD: afuerzas tiene que estar dictaminada la empresa para pedir el IDE en devolucion. o puedo pedir sin ningun problema en la anual como se hace con el ISR a favor


Hola ernye
Respecto a tu comentario existe abundante informacion en el foro cuestion de usar el buscador.
No esta de mas una buena leida al LIDE Art 8 Segundo y Tercer parrafo y a LIETU Art. 8 Parrafo 5.

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17 años 9 meses antes #37001 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: RETENCION IDE
kyko escribió:

EL BANCO ME REALIZO EL CARGO DEL IDE DE OCTUBRE EL 05 DE NOVIEMBRE, PUEDO ACREDITAR EL IDE EN EL PAGO PROVISIONAL DE OCTUBRE 2008?


si, con el requisito de que dicha constancia proporcionada por el banco haga mencion que corresponde dicho IDE al mes de octubre.

solo recuerda que debes seguir cierta secuencia..es decir, contra que gravamen debes aplicar dicho impuesto..



saludos

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17 años 9 meses antes #37008 por martin_cosme
Respuesta de martin_cosme sobre el tema Re: RETENCION IDE
Lo primero que es necesario saber es que si cuentas con la constancia que te emite el banco, en la constancia dice a que periodo corresponde la recaudacion del IDE.

En caso de que no la tengas es necesario que la pidas al banco.

SALUDOS.

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