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IETU: Quinto transitorio ¿y si los vendo apa?
- cpadrianr
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17 años 9 meses antes #36939
por cpadrianr
Respuesta de cpadrianr sobre el tema Re: IETU: Quinto transitorio ¿y si los vendo apa?
¿Fundamentos para el rechazo?
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- alone1981
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17 años 9 meses antes #36940
por alone1981
Respuesta de alone1981 sobre el tema Re: IETU: Quinto transitorio ¿y si los vendo apa?
Inetesante oye Saul y en caso de que la autoridad rechazara, en que disposicion juzgas argumentarian sur resolucion
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- FENIX
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17 años 9 meses antes #36941
por FENIX
Respuesta de FENIX sobre el tema Re: IETU: Quinto transitorio ¿y si los vendo apa?
Saludos a todos,
Estimado Saul.
cuando el fisco te practica una revision, apoco te deja margen a que me deduzcas lo que me estas revisando y no me digas que es autocorrecion, porque una cosa es otorgarle al fisco los elementos para la revision y la otra es presentar en forma correcta mis pp o anual derivado de una correcion...
Seguimos en contacto.
Estimado Saul.
cuando el fisco te practica una revision, apoco te deja margen a que me deduzcas lo que me estas revisando y no me digas que es autocorrecion, porque una cosa es otorgarle al fisco los elementos para la revision y la otra es presentar en forma correcta mis pp o anual derivado de una correcion...
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- CPMoreno
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17 años 9 meses antes - 17 años 9 meses antes #36946
por CPMoreno
Respuesta de CPMoreno sobre el tema Re: IETU: Quinto transitorio ¿y si los vendo apa?
Mi Estimado BR1 la deduccion es un derecho que el QUINTO TRANSITORIO te otorga y en ningun lado te limita, el SEXTO TRANSITORIO te permite un acreditamiento (ya no estamos hablando de lo mismo)con ciertas limitaciones.
Ahora pregunto (alucinando un poco) ¿Que pasaria si la deduccion en lugar de ser diferida a 3 años Hubiera sido inmediata?
Ahora pregunto (alucinando un poco) ¿Que pasaria si la deduccion en lugar de ser diferida a 3 años Hubiera sido inmediata?
Última Edición: 17 años 9 meses antes por CPMoreno. Razón: correccion
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- Saúl Castro Vázquez
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17 años 9 meses antes #36949
por Saúl Castro Vázquez
Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: IETU: Quinto transitorio ¿y si los vendo apa?
ok:
jejeje no se me hechen de a montón:
RETOMANDO TAN IMPORTANTE TEMA, PIDO DISCULPAS RESPECTO A MIS PUNTOS DE VISTA ANTERIORES LAS CUALES LA SUSTITUYO A TIEMPO CON LA PRESENTE:
Considerndo que dicha disposición transitoria es omisa a este respecto es decir no hace mención que limite la tan mencionada deducción cuando suceda tal evento pues por ende considero que a pesar de que el bien se enajene, el contribuyente conservaría el derecho a la deducción adicional; toda vez que cuando el legislador ha deseado limitar, restringir o acotar estas deducciones, así lo ha hecho de manera expresa en la Ley, Regrlamentos o disposiciones Transitorias, claro es y repito al no darse tal situación el derecho se tiene.
POR TAL RAZON SEÑORES A QUIENES OPINARON DESDE UN PRINCIPIO CON EL MISMO CRITERIO MIL DISCULPAS Y HAY QUE DARLE LA RAZON A QUIENES LA TENGAN Y SE LA MEREZCAN.
jejejejejejejeje
Saludos
Mi estimado y fino amigo Hugo Ocejo espero te encuentres bien (con B.G. y de +)
jejeje no se me hechen de a montón:
RETOMANDO TAN IMPORTANTE TEMA, PIDO DISCULPAS RESPECTO A MIS PUNTOS DE VISTA ANTERIORES LAS CUALES LA SUSTITUYO A TIEMPO CON LA PRESENTE:
Considerndo que dicha disposición transitoria es omisa a este respecto es decir no hace mención que limite la tan mencionada deducción cuando suceda tal evento pues por ende considero que a pesar de que el bien se enajene, el contribuyente conservaría el derecho a la deducción adicional; toda vez que cuando el legislador ha deseado limitar, restringir o acotar estas deducciones, así lo ha hecho de manera expresa en la Ley, Regrlamentos o disposiciones Transitorias, claro es y repito al no darse tal situación el derecho se tiene.
POR TAL RAZON SEÑORES A QUIENES OPINARON DESDE UN PRINCIPIO CON EL MISMO CRITERIO MIL DISCULPAS Y HAY QUE DARLE LA RAZON A QUIENES LA TENGAN Y SE LA MEREZCAN.
jejejejejejejeje
Saludos
Mi estimado y fino amigo Hugo Ocejo espero te encuentres bien (con B.G. y de +)
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