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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Requerimiento de Informacion Visita Domiciliaria
- Klaus
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- Nada es Casual..... Es Causal
Saludos
www.e-fiscal.com.mx
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- Milescoro
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Saludos, toda notificacion surtira efectos de acuerdo a lo establecido en el art 135 del CFF, ahora bien milescoro no se cual sea el motivo de tu preocupacion respecto a no entregar la informacion solicitada ya que si bien no la tienes toda lo puedes asentar en el acta inicial y comentar con los auditores dicha situacion no creo que exista mayor problema, ahora bien respecto a lo que te menciona alone1981 el articulo en mencion corresponde a los plazos para presentar informacion sobre el dictamen por lo que habria que tener cierta reserva con dicho articulo, pero todo esta en funcion de que pudieras aclaranos el motivo de la preocupacion respecto a dicha revision.
Saludos
Mi estimado Klaus, entonses para comprender mejor el asunto, si la notificacion se apega al 135 del CFF, ellos deberian de realizar la acta de inicio al dia siguiente habil en que fue notificada la visita domiciliaria, desde ahi estarian mal al realizarla el mismo dia en que la notifican???
Lo que pasa es que el auditor hace la acta de inicio, y ahi menciona que debido a que no exhibiste los libros y la informacion contable, te haces acreedor a la multa de acuerdo a lo que indica el art. 53 primer parrafo inciso a), en el cual te indica que los deberas de presentar de inmediato en el curso de una visita.
Aqui mi pregunta.
Ya esta en curso la visita???
Ya surtio efectos la notificacion de la visita domiciliaria???
Estas son mis incognitas por resolver.
Espero puedan aportar mas datos debido a experiencias propias.
Saludos.
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- CPHugoocejo
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Klaus escribió:
Saludos, toda notificacion surtira efectos de acuerdo a lo establecido en el art 135 del CFF, ahora bien milescoro no se cual sea el motivo de tu preocupacion respecto a no entregar la informacion solicitada ya que si bien no la tienes toda lo puedes asentar en el acta inicial y comentar con los auditores dicha situacion no creo que exista mayor problema, ahora bien respecto a lo que te menciona alone1981 el articulo en mencion corresponde a los plazos para presentar informacion sobre el dictamen por lo que habria que tener cierta reserva con dicho articulo, pero todo esta en funcion de que pudieras aclaranos el motivo de la preocupacion respecto a dicha revision.
Saludos
Mi estimado Klaus, entonses para comprender mejor el asunto, si la notificacion se apega al 135 del CFF, ellos deberian de realizar la acta de inicio al dia siguiente habil en que fue notificada la visita domiciliaria, desde ahi estarian mal al realizarla el mismo dia en que la notifican???
Pimero-. te deben dejar citatorio, ellos se presentan al siguiente dia habil ( ver art 135 CFF )
Ahora, sucedio asi como te plasmo el anterior inciso?
saludos
Lo que pasa es que el auditor hace la acta de inicio, y ahi menciona que debido a que no exhibiste los libros y la informacion contable, te haces acreedor a la multa de acuerdo a lo que indica el art. 53 primer parrafo inciso a), en el cual te indica que los deberas de presentar de inmediato en el curso de una visita.
Aqui mi pregunta.
Ya esta en curso la visita???
Ya surtio efectos la notificacion de la visita domiciliaria???
Estas son mis incognitas por resolver.
Espero puedan aportar mas datos debido a experiencias propias.
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