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compensacion fuera de tiempo
- mozart
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Que tal amigos, miren los confundi creo, a ver si desenredo o enredo mas esto, en la primer complementaria donde compensan en 2007, no presentaron el aviso de compensacion, compensaron en el portal, y despues,en 2008, presentan sgunda complementaria, volviendo a compensar, pero no reflejan lo que ya habian compensado en la primer complementaria, solo lo que pagaron en efectivo. Y yo digo si la autoridad ve la definitiva la 2da complementaria pues va a decir que no compense en tiempo,por ser 2008.
Muchas gracias
pues... si aun no te han requerido LA PRIMERA COMPENSACION.. puedes efectuarla,, ya que en el momento que se presento en el portal bancario UNICAMENTE, sin presentar el aviso de compensacion, la autoridad ( sat ) se dara cuenta por los movimientos y numero de folio de como se presentaron tus movimientos en el portal bancario,,, es decir, te monitorean... entonces... pagaras multa.....
luego, presentas COMPLEMENTARIA POR EL AVISO DE COMPENSACION..... y asi te evitas no pagar multas y sobre todo le das solucion a tu planteamiento.....
saludos
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- alone1981
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que lio vdd gracias mozart
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- mozart
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A ver si te capto jeje, presento aviso de la primer complementaria la de 2007, luego aviso complementario de la de 2008, nodebiera presentar otra declaracion complementaria reflejandon que lo que realmente pague en 2007 en la primnera complementaria. Por que si presento aviso complementario de la segunda declaracion complementaria, en esta no va aparecer que compense en 2007 en tiempo no? no pensara el SAT, que al ser definitiva me desisti de la complmenetaria numero 1
que lio vdd gracias mozart
1.- en tu primera participacion mencionas que compensaste iac de 1000 contra isr de 2000 pagando en 1000.- en el portal bancario... y NO PRESENTAS AVISO DE COMPENSACION
2.- luego comentas que tu isr es menor por 1500 y presentas complementaria manifestando el pago en exceso, Y NO SE PAGO NADA...por ende tampoco se movio la compensacion...
en el punto 1 y 2... se hizo asi ??????
en este, reafirmas que NO SE PRESENTO aviso de compensacion, unicamente en el portal bancario fue reflejado. despues presentas tu complementaria ( esperando que sea donde se disminuyo tu saldo de isr )... Y AQUI VOLVISTE A COMPENSAR... ( aqui NO SE TENIA QUE HACER NADA ) pero no reflejas lo que ya habias compensado... ??????? ( achis, entonces pagaste en su totalidad )...
a mi ver quieres JUGAR A LA MALAGEÑA.... y asi no se puede, el por que ????..
segun tus comentarios... DE MANERA DIRECTA, QUIERES DESAPARECER EL NO CUMPLIMIENTO DEL ART 23 CFF... lo cual es complementamente incorrecto....
en lo particular, deberas de presentar el 1 aviso de compensacion. luego con tu complementaria por la disminucion del isr... presentas complementaria por 1 aviso de compensacion ( siendo honestos es el unico aviso junto con su complemtaria que debes de tener )... y asi arreglas lo que NO hiciste desde el PRIMER MOMENTO...
que se presentar NO en tiempo y forma... yyyyyyy .. mientras no te requiera la autoridad, todo tiene solucion.. de lo contrario, dime donde lo dice...
saludos
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- alone1981
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Buen fin de semana.
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