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deduccion

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17 años 8 meses antes #39173 por fega
Respuesta de fega sobre el tema Re: deduccion
a_cano, ya lo del iva me quedo clarisimo(lo de la disculpa por el comentario no te apures es yo quien debo de pedirte una disculpa por la molestia que te estoy dando pero creeme una cosa te doy las GRACIAS sinceramente por este apoyo que me estas proporcionando ya que asi aprendo cada dia).................


En una operación normal para ISR, la inversión será deducible vía depreciación (Fundamento legal: Artículo 40, de la LISR). No se que decisión hayas tomando sobre el particular. Lo del ISR no tanto lo comento por la deduccion tope de 175,000.00 esto es via depreciacion?, porque a lo que comentas entiendo que los 316,956.52 entrarian para el calculo de isr del mes o solamente el porcentaje que permite el articulo 40 que me mencionas?

FEGA

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17 años 8 meses antes #39187 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: deduccion
fega escribió:

a_cano, ya lo del iva me quedo clarisimo(lo de la disculpa por el comentario no te apures es yo quien debo de pedirte una disculpa por la molestia que te estoy dando pero creeme una cosa te doy las GRACIAS sinceramente por este apoyo que me estas proporcionando ya que asi aprendo cada dia).................


En una operación normal para ISR, la inversión será deducible vía depreciación (Fundamento legal: Artículo 40, de la LISR). No se que decisión hayas tomando sobre el particular. Lo del ISR no tanto lo comento por la deduccion tope de 175,000.00 esto es via depreciacion?, porque a lo que comentas entiendo que los 316,956.52 entrarian para el calculo de isr del mes o solamente el porcentaje que permite el articulo 40 que me mencionas?



Buena tarde:

El artículo 42 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, señala: La deducción de las inversiones se sujetará a las reglas siguientes:

[...]

II. Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00.

[...]

Puesto que se trata de un camión de carga no le aplica el límite de deducción establecido en el artículo en comento.

Así que, para ISR es deducible vía depreciación (Artículo 124 LISR), ésta deberá calcularse y registrarse de la misma forma que se hace para los otros activos, de acuerdo con los porcientos de deducción contenidos en el artículo 40 de la ley del ISR. El porcentaje máximo autorizado para la depreciación de los camiones de carga es el 25%.

Es un placer compartir....

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17 años 8 meses antes #39196 por fega
Respuesta de fega sobre el tema Re: deduccion
Gracias a_cano por ayudarme con este asunto, como lo comente a lo que veo van a salir el ejercicio con un buen de iva a favor y el ietu tambien :S

FEGA

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17 años 8 meses antes #39198 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: deduccion
fega escribió:

Gracias a_cano por ayudarme con este asunto, como lo comente a lo que veo van a salir el ejercicio con un buen de iva a favor y el ietu tambien :S


Así es mi estimado, nuevamente es un placer compartir.. Todos aprendemos.

Saludos

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17 años 8 meses antes #39220 por fega
Respuesta de fega sobre el tema Re: deduccion
Buena tarde a_cano ya se porque insistia mucho en el IVA lo que pasa es que con los registros contables si saco de bancos nadamas la cantidad de 109350 no me da el saldo contpaq contra estado de cuenta. y en realidad el cheque salio por 116360.45

FEGA

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17 años 8 meses antes - 17 años 8 meses antes #39221 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: deduccion
fega escribió:

Buena tarde a_cano ya se porque insistia mucho en el IVA lo que pasa es que con los registros contables si saco de bancos nadamas la cantidad de 109350 no me da el saldo contpaq contra estado de cuenta. y en realidad el cheque salio por 116360.45



Por eso te señalaba que era una propuesta de registro contable, lo que faltaba de considerar eran los gatos asociados al financiamiento y a la unidad, como son: Seguro de vida, tenencia y gestoría.

Entonces ls propuesta de registro (sujeta a verificar importes y deduciblidad de gastos con la documentación fuente) ya considerando el importe del cheque por los $ 116,360.45 sería el siguiente:

Cargo:
Acreedores diversos
Agencia
$364,500.00
IVA acreditable
47,569.57
IVA camión
47,543.98
IVA Gestoría
26.09
Gastos
6,984.36
Seguro
5,910.45
Tenencia
900.00
Gestoria
173.91
Total
$419,053.93


Abono:
Bancos (enganche y gastos asociados)$116,360.45
IVA por pagar
47,543.48
Acreedores diversos
(Ford Credit)
$255,150.00
Total
$419,053.93

Espero que esto resuelva tu duda.

Saludos
Última Edición: 17 años 8 meses antes por a_cano.

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