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DECLARACION INFORMATIVA DE CLIENTES Y PROVEEDORES
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TERCERA RESOLUCIN MISC. PUBLICADA 26-12-2008
TERCERO. Se reforma el Artículo Segundo Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, publicada en el DOF el 31 de julio de 2008, para quedar de la siguiente manera:
Artículo Segundo. Por el ejercicio fiscal de 2008, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de operaciones con clientes y proveedores, prevista en los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR y 32-G del CFF, cuando los contribuyentes presenten la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, respecto de todo el ejercicio fiscal de 2008.Las personas morales presentarán dicha información en los términos de la regla I.5.1.5.
Las personas físicas presentarán la información por los meses de julio a diciembre de 2008, en los términos de la regla I.5.1.6. y por los meses de enero a junio de 2008, deberán presentarla a más tardar el 15 de febrero de 2009.
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Aclaro que lo vertido en el presente comentario representa unicamente mi opinion particular sobre el tema, y que no digo que sea una verdad absoluta, sino unicamente mi punto de vista. (Por lo mismo, puedo estar equivocado).
No pienso que sea totalmente cierto que la DIOT sustituya a la Declaracion Informativa de Clientes y Proveedores (abreviemosle por DICyP para estos efectos) (aunque para efectos practicos si lo este haciendo), puesto que aun no desaparece la fraccion VIII de LISR 86.
¿A que me refiero? A que ambas obligaciones subsisten, mas por medio de facilidades administrativas se permite que bajo ciertas circunstancias el cumplimiento de una permita considerar como cumplida la otra.
Como comente en un topico iniciado por ti, en el caso de personas morales que esten obligadas tanto a DICyP como a DIOT, presentado la ultima se le tiene por cumplida la obligacion de presentar la primera.
A como entiendo, en el caso de las personas fisicas obligados tanto a DICyP como a DIOT, por el ejercicio 2008 se presentan dos escenarios factibles y ambos validos:
1. Presentar desde la DIOT de julio a la de diciembre, como se ha venido haciendo. Adicionalmente, si se esta obligado, presentar la DICyP.
2. Presentar desde la DIOT de enero a la de diciembre. En caso de tener obligacion de DICyP, no sera necesario presentarla, pues ya se tendra por cumplida la obligacion.
Dependera de cada PF la accion a tomar.
De manera personal, entiendo que DIOT es obligatorio, sí, es obligatorio para los sujetos obligados, mas ello no implica que todos y cada uno de los contribuyentes registrados se encuentren dentro de estos sujetos obligados. De tal suerte, hay contribuyentes que no estan obligados a presentar la DIOT, pero pudieran si estar obligados a presentar la DICyP. Hay tambien contribuyentes no obligados a presentar la DICyP que si tienen que presentar la DIOT.
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la resolución misc. tiene vigencia máxima un año, mínima puede ser un día, y solo se trata de facilidades que puede derogarse en cualquier momento
respecto a PF , en mi criterio persona SÍ están obligadas a DIOT por parte de la ley de IVA ENERO-DICIEMBRE 2008, debido a que en la tercera resolución ya no ponenen como condicion a no presentar ENERO-JUNIO presentando la de clientes y proveedores
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bandido escribió: respecto a PF , en mi criterio persona SÍ están obligadas a DIOT por parte de la ley de IVA ENERO-DICIEMBRE 2008, debido a que en la tercera resolución ya no ponenen como condicion a no presentar ENERO-JUNIO presentando la de clientes y proveedores
Si consultamos desde la Primera hasta la Tercera Resolucion de Modificaciones a la Resolucion Miscelanea Fiscal para 2008, notaremos que hasta el momento el segundo parrafo de la regla II.5.1.7. permanece sin modificaciones. Es en base a dicho fundamento que presente el primero de los escenarios planteados en mi participacion anterior, como opinion particular.
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