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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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17 años 7 meses antes - 17 años 7 meses antes #40315 por c.p. castillo
Respuesta de c.p. castillo sobre el tema Re: ingreso
Buenas tardes :

de acuerdo a su exposicion le recomiendo que le de una leida al articulo 7( Beneficios Empresariales ) de los tratados para evitar la doble tributacion con alemania.

articulo 7 Beneficios Empresariales

1.- Los beneficios empresariales de una empresa de un estado contratante solamente pueden someterse a imposicion en ese estado, a no ser que la empresa realice su actividad en el otro estado por medio de un establecimiento permanente situado en el.

Comentario:

1.- De acuerdo a lo expuesto por usted la empresa EN MEXICO NO pertenece a la empresa en alemania si no que solo le hace promocion con los fondos propios de la de alemania.

2.-Debo de pensar que luego la empresa de MEXICO cobra por sus servicios,

3.-El dinero que se le envia es para la promocion e inversion

4.- El dinero fue depositado en alemania , y se los envian via remesa y debo de pensar que en alemania la empresa de MEXICO tiene una sucursal.

5.- por tal motivo los depositos que recibe en mexico no paga impuestos porque ya fueron pagados en ALEMANIA.

Reitero lo unico que pagaria seria por el SERVICIO que presta

Espero que seade utilidad es solo mi comentario

Reciba un cordial



La mejor manera de vencer a tus competidores es dejando de competir. Haz lo mejor que puedes y deja de preocuparte por el resto.

contadorcastillo.wordpress.com/
Última Edición: 17 años 7 meses antes por c.p. castillo.

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