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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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fundamento

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17 años 7 meses antes #40358 por ernye
fundamento Publicado por ernye
me podrian proporcionar el fundamento en donde dice que las compras del 2007 pagadas hasta el 2008 no son deducibles o estoy equivocado

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17 años 7 meses antes #40360 por Albert07
Respuesta de Albert07 sobre el tema Re: fundamento
Solo en los siguientes casos:

Tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, de los contribuyentes a que se refieren el Capítulo VII de este Título, así como de aquéllos realizados a los contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la fracción I del artículo 18 de esta Ley y de los donativos, éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate.

31 f IX LISR

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17 años 7 meses antes #40386 por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: fundamento
ernye faltan muchos datos

quiero suponer que eres PM, el art. 31 f IX LISR se refiera a "gastos" que una PM le debe a un PF, puesto que las "compras" para PM son deducibles con el "costo de ventas" así que ni te apures saber si las compras a pf entran o no para una PM

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17 años 7 meses antes #40397 por Albert07
Respuesta de Albert07 sobre el tema Re: fundamento
Tratándose de pagos que a su vez... , éstos (los pagos) sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate

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17 años 7 meses antes #40398 por elvin
Respuesta de elvin sobre el tema Re: fundamento
Deducibles en que ejercicio, 2007 ò 2008?

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17 años 7 meses antes #40399 por jpedro967
Respuesta de jpedro967 sobre el tema Re: fundamento
Buenas noches:

Elvin en relacion a tu pregunta:

elvin Deducibles en que ejercicio, 2007 ò 2008?

Me permito contestarte lo siguiente:

SI ERES PERSONA MORAL, dedujiste en el ejercicio 2007,las compras a otras PERSONAS MORALES (Creas los pasivos en 2007 de compras a PM), pero debiste de pagar tales facturas como maximo dentro de los 1eros. 3 meses (31/03/2008),
PERO SI LAS COMPRAS LAS HICISTE A PERSONAS FISICAS NO debiste de crear pasivo en 2007 y las pudiste deducir en 2008, siempre y cuando hayas pagado estas facturas dentro de los 1eros. 3 meses siguientes al cierre del ejercicio 2007. (Es decir, como fecha maxima para el 31/03/2008, que es el plazo para presentar la Declaracion anual 2007).

Si ERES PERSONA FISICA, deduces en el ejercicio en que pagas tus compras.(Es decir NO debiste crear pasivos en DIC 2007, de compras no pagadas a personas fisicas a esa fecha), pudiste deducir tales facturas del 2007 en 2008, SIEMPRE y CUANDO HAYAS PAGADO tales facturas hasta el 30 de Abril 2008 (Fecha de presentacion de la Declaracion Anual de Personas Fisicas)

NOTA IMPORTANTE:

PERO EN TODOS LOS CASOS, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SEAS PM o PF, NO DEBE DE EXISTIR UNA ANTIGUEDAD MAYOR A 4 MESES, entre la fecha de la factura y la fecha de cobro efectivo del cheque, de conformidad con el art. 31 fraccion IX de LISR. (Esto por lo general, ocurre al final y al inicio de un ejercicio fiscal).

Espero haberte ayudado; y que no te haya enredado, porque me temo que "Cantinfle" demasiado.

SALUDOS.

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