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fundamento

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17 años 7 meses antes #40592 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: fundamento
ernye escribió:

me podrian proporcionar el fundamento en donde dice que las compras del 2007 pagadas hasta el 2008 no son deducibles o estoy equivocado



yo no se porque tanta especulacion, puesto en este caso falta el elemento basico....y es...es persona fisica o moral...digo..nomas de entrada........

ojala el autor del topico proporcione ese dato...y asi poder opinar....



somos contadores no adivinos...



saludos

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17 años 7 meses antes #40608 por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: fundamento
buen día rdavid_gtz..... bueno.. al decir que no era importante en casos de ser PM haberle comprado a PF ó PM mercancía que vendería, no que no cumplan los requisitos que marca el art 29-A CFF, sólo que la mecánica para deducción del costo en PM es muy distinta a un gasto

ahora... el art 31 fracc IX LISR habla que solo deducirás los pagos de pf en la misma fecha en quele pagas...

¿será posible determinar en tu costo de ventas que mercacnía viene de PM y que mercancía viene de PF.... imposible..., además que no habría equidad... poniendo un ejemplo simple


compras a PF 50 000 el dia 31 dic 2008 (no le pagas)
vendes a PF 60 000 el dia 31 dic (no te paga), mi utilidad real solo serían 10 000 y mi costo 50 000
´¿tednría una lógica acumular 60 000 sin deducir nada? puesto que el art 45-A te permite deducir cuando acumulas

de acuerdo al art 45-A me dice que el costo lo deduciré en el ejercicio en que lo acumulo... lo que significa que si acumulo puedo deducir

la confusión empieza cuando en nuestra contabilidad de PM registramos "compras" en vez de "almacen" y no hacemos el calculo del costo mensual en nuestra contabilidad


Este punto de vista es muy personal y es de acuerdo a mi interpretación del citado artículo.... por tal motivo.. si tienen otro punto de vista es muy repetable

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