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17 años 7 meses antes #40406 por elvin
Respuesta de elvin sobre el tema Re: fundamento
SI ERES PERSONA MORAL, dedujiste en el ejercicio 2007,las compras a otras PERSONAS MORALES (Creas los pasivos en 2007 de compras a PM), pero debiste de pagar tales facturas como maximo dentro de los 1eros. 3 meses (31/03/2008), PERO SI LAS COMPRAS LAS HICISTE A PERSONAS FISICAS NO debiste de crear pasivo en 2007 ......

A caray y los principios de contabilidad donde quedan? el ajuste anual por inflacion?

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17 años 7 meses antes #40468 por rdavid_gtz
Respuesta de rdavid_gtz sobre el tema Re: fundamento
Elvin, yo estoy de acuerdo contigo. Siendo PM, las compras o gastos que realizaste a PM en 2007, y las pagas en 2008. Las deduces en 2007. Las compras y gastos a PF que realizaste en 2007 y pagaste en 2008, son deducibles hasta ese año (y debiste de hacer la provisión). Esto último incluye a costo de venta. Si estuvieras en este supuesto, debería de determinar el costo de ventas, de acuerdo a las reglas de deducibilidad.

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17 años 7 meses antes #40470 por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: fundamento
solo una observación, para una PM las "compras" no son deducibles, sean de PF o de PM, puesto que se deduce solo el "costo de venta", por tal motivo, si una PM compra y al final del ejercicio no se ha pagado es intrascendente si a quien le compré es un PF ó PM, cosa contrario con los gastos, en ese caso , si le compro a una PF un gasto ,lo tendré que provisionar pero como "deducción contable no fiscal" y en el ejercicio que lo pago sería "deducción fiscal no contable"

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17 años 7 meses antes #40586 por rdavid_gtz
Respuesta de rdavid_gtz sobre el tema Re: fundamento
El artículo 45-B y 45C de ISR, específicamente dice la forma de determinar el costo. Las cuáles dice que se considerarán las compras. Ahora, estas comras deben de cumplir los requisitos de deducibilidad? de comprobantes? Si, obligación de ley. Por lo tanto también debemos considerar el momento del pago.

Bandido, si es irrelevante los requisitos, ya que sólo se deduce el costo, también sería irrelevante que no tuviera documentación comprobatorio con los requisitos que marca la ley?

Qué opinan?

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17 años 7 meses antes #40588 por fega
Respuesta de fega sobre el tema Re: fundamento
seria importante que nos dijera si la duda que tiene para que impuesto es?

FEGA

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17 años 7 meses antes #40589 por rdavid_gtz
Respuesta de rdavid_gtz sobre el tema Re: fundamento
ISR. Ya quepara este impuesto, la ley señala como determinar el costo de venta (inventario inicial´compras (si son compras debe de cumplir los requisitos de ley)-inventario final.Otra cosa, en el costo de venta de las empresas de producción, el costo lleva implícito una depreciación, de igual forma habría que hacer el cambio a depreciación fiscal. Mi punto es, hay un costo de venta contable y otro fiscal. Hay que determinar ambos. En el costo fiscal, hay que considerar si las compras son a PM o PF, ya que en su caso si es importante si se encuentran o no pagadas.

IETU, pues está claro que solamente entrarían las compras (aunque por ahí hay una facilidad que se puede aprovechar con respecto a invnetarios).

Qué opinan? en costo de ventas es importante determinar si las compras son a PM o PF, y si estás están pagadas o no Yo me apoyo en los artículos 45B y 45C ISR, que dicen cómo determinar el costo de venta.
Saludos.....

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