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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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- walter
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Es necesario que revises la cuenta de utilidad fiscal neta, CUFIN, si tienes saldo positivo en esta cuenta, entonces no tendrias que pagar ningun impuesto por el retiro de los 100 mil pesos, "Considerandolo como Dividendos", por otro lado tedras que observar los lineamientos de la legislacion mercantil, como bien lo comentaban otros forista que me anteceden.
Sí tu cuenta de Utilidad fiscal Neta,es negativa o simplemente no tienes saldo, para elaborar el retiro, entonces, contador tendras que pagar el impuesto correspondiente.
Por otro lado, si lo deja como una cuenta por cobrar, la autoridad te podrá estimar como un dividendo ficto. y entonces deberas pagar, recargos y actualizaciones.
Espero te sirva mi comentario
hasta pronto.
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- a_cano
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Hola
Es necesario que revises la cuenta de utilidad fiscal neta, CUFIN, si tienes saldo positivo en esta cuenta, entonces no tendrias que pagar ningun impuesto por el retiro de los 100 mil pesos, "Considerandolo como Dividendos", por otro lado tedras que observar los lineamientos de la legislacion mercantil, como bien lo comentaban otros forista que me anteceden.
Sí tu cuenta de Utilidad fiscal Neta,es negativa o simplemente no tienes saldo, para elaborar el retiro, entonces, contador tendras que pagar el impuesto correspondiente.
Por otro lado, si lo deja como una cuenta por cobrar, la autoridad te podrá estimar como un dividendo ficto. y entonces deberas pagar, recargos y actualizaciones.
Espero te sirva mi comentario
hasta pronto.
Transcribo parte de mi comentario:
Como consecuencia de esto, fiscalmente aun cuando se trata de un anticipo de dividendos, éstos serían dividendos percibidos en términos del artículo 11 de la LISR, ahora bien, para determinar el impuesto que se debe adicionar a los dividendos o utilidades, éstos se deberán multiplicar por el factor 1.3889 y al resultado se le aplicará la tasa establecida en el artículo 10 de la LISR, es decir, se piramida el pago y se aplica la tasa del 28%.
Aún cuando se quede como cuenta por cobrar, estaría pagando el ISR.
Saludos
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- Bumblebee
- Autor del tema
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Como consecuencia de esto, fiscalmente aun cuando se trata de un anticipo de dividendos, éstos serían dividendos percibidos en términos del artículo 11 de la LISR, ahora bien, para determinar el impuesto que se debe adicionar a los dividendos o utilidades, éstos se deberán multiplicar por el factor 1.3889 y al resultado se le aplicará la tasa establecida en el artículo 10 de la LISR, es decir, se piramida el pago y se aplica la tasa del 28%.
Aún cuando se quede como cuenta por cobrar, estaría pagando el ISR.
Saludos[/quote]
Wow! realizando el cáculo de acuerdo al citado art. 11 LISR quedaria asi:
163,637.20
1.3889
__________
227,275.71
28%
__________
63,637.20
163,637.20-63,637.20=100,000.00
Seria correcto, son 63,637 de isr por dividendos????
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- a_cano
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- Platinum Boarder
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Mi estimado los cálculos serían los siguientes:
a) Anticipo de dividendos por $163,637.20
b) Anticipo de dividendos por $ 100,000.00
a) Primer ejemplo:
Anticipo de dividendos - - - $163,637.20
X Factor - - - - - - - - - - - - - - - 1.3889
= Dividendos piramidados- $227,275.71
X Tasa ISR - - - - - - - - - - - - - - - 28%
= ISR a pagar - - - - - - - - - $ 63,637.20
Anticipo de dividendo piramidado $ 227,275.71
Menos: ISR a pagar - - - - - - - - - 63,637.20
= Anticipo de dividendo - - - - - $ 163,638.51
b) Segundo ejemplo:
Anticipo de dividendos - - - $100,000.00
X Factor - - - - - - - - - - - - - - - 1.3889
= Dividendos piramidados- $138,890.00
X Tasa ISR - - - - - - - - - - - - - - - 28%
= ISR a pagar - - - - - - - - - $ 38,889.20
Anticipo de dividendo piramidado $ 138,890.00
Menos: ISR a pagar - - - - - - - - - 38,889.20
= Anticipo de dividendo -- - - - - $ 100,000.80
Espero haberte ayudado.
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